La Comunidad de Madrid mantiene prohibido hacer fuego para cocinar o calentarse en sus áreas recreativas durante todo el año. La restricción afecta a quienes preparen comidas al aire libre en merenderos, montes y zonas forestales de la región.
La llegada del buen tiempo vuelve a poner el foco en una duda habitual: si se pueden hacer barbacoas en Madrid. La respuesta, en el caso de las áreas recreativas de la Comunidad de Madrid, es clara: no. El portal autonómico de Medio Ambiente indica que, según el Plan INFOMA, está prohibido hacer fuego para cocinar o calentarse durante todo el año en estos espacios.
Dónde no se pueden hacer barbacoas en Madrid durante todo el año
La prohibición afecta a las áreas recreativas situadas en espacios naturales, montes, terrenos forestales y otros enclaves públicos preparados para el ocio al aire libre. Estos espacios pueden contar con mesas, asientos, fuentes, zonas de aparcamiento o áreas de esparcimiento, pero no habilitan el uso de fuego para preparar comida.
Esto supone que las tradicionales barbacoas con chorizos, panceta, morcilla o chuletas quedan fuera de estos entornos, aunque existan zonas de merendero. La Comunidad de Madrid recuerda que estas áreas tienen normas específicas por su ubicación y por el riesgo que puede generar cualquier chispa en el medio natural.
La medida no se limita al verano. Aunque el periodo de riesgo alto de incendios forestales de 2026 se extenderá del 15 de junio al 30 de septiembre, la restricción sobre hacer fuego en áreas recreativas se mantiene durante todo el año.
Qué dice el Plan INFOMA sobre cocinar con fuego en el monte
La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 ha recordado a los ayuntamientos las medidas preventivas del Plan INFOMA 2026 antes del periodo de riesgo alto. Entre ellas figura la prohibición del uso de fuego en terreno forestal y en una franja de 400 metros alrededor, salvo autorización expresa en los casos previstos.
También se limita el uso de elementos que puedan provocar ignición, como cohetes, artefactos pirotécnicos o maquinaria que genere chispas, deflagraciones o descargas eléctricas. La Comunidad de Madrid pide especial precaución en zonas de contacto entre urbanizaciones y terreno forestal.
El incumplimiento puede acabar en denuncia por parte de los Agentes Forestales. La propia Comunidad de Madrid informó en una comunicación anterior que las sanciones administrativas pueden ir de 100 a 1.000 euros en infracciones leves, de 1.001 a 100.000 euros en graves y de 100.000 a 1.000.000 euros en muy graves, según los daños y las circunstancias.
Qué ocurre con las barbacoas en jardines, terrazas y suelo urbano
La prohibición autonómica se centra en terreno forestal, áreas recreativas y zonas afectadas por el Plan INFOMA. Si la barbacoa se realiza en suelo urbano, como el jardín de una vivienda particular, la Comunidad de Madrid señala que debe consultarse y respetarse la normativa municipal, incluidas posibles autorizaciones y medidas preventivas.
Además, si el fuego se produce cerca de terreno forestal, pueden exigirse comunicaciones previas o permisos. En comunidades de vecinos también pueden existir limitaciones por estatutos o por molestias derivadas del humo, olores o riesgo, ya que la Ley de Propiedad Horizontal impide realizar actividades prohibidas en los estatutos o que resulten molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Por ello, quienes quieran organizar una comida al aire libre en Madrid deben diferenciar entre un espacio natural público y una propiedad privada en suelo urbano. En los montes y áreas recreativas, la barbacoa queda descartada. Accerde a nuestra sección de actualidad para conocer más reglamentación madrileña.








