La Seguridad Social pagará un complemento a estas pensiones bajas, pero podrá retirarlo cada año

Fecha de publicación: 16 de mayo de 2026 a las 12:15
Síguenos
Pensionista consultando documentación frente a una oficina de la Seguridad Social para cobrar complementos a pensiones contributivas bajas

Los pensionistas con una pensión contributiva inferior a la mínima pueden cobrar un complemento a mínimos si cumplen los requisitos de renta. Esta ayuda no se consolida, es absorbible y puede reducirse o extinguirse cuando suban los ingresos o se reconozca otra prestación.

La Seguridad Social puede completar las pensiones contributivas más bajas para que alcancen la cuantía mínima fijada cada año. Este mecanismo afecta a prestaciones como jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares, siempre que el beneficiario no supere los límites económicos establecidos y cumpla el resto de condiciones.

El Real Decreto 241/2026 recoge que los complementos por mínimos no tienen carácter consolidable y serán absorbibles con cualquier incremento futuro de las percepciones del pensionista, ya sea por la revalorización anual o por el reconocimiento de nuevas prestaciones periódicas. Además, esta norma derogó el Real Decreto 39/2026 y tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.

Qué pensionistas pueden cobrar el complemento a mínimos de la Seguridad Social en 2026

El complemento a mínimos se aplica cuando una pensión contributiva, una vez revalorizada, no llega a la cuantía mínima que corresponde según la clase de prestación y la situación familiar del beneficiario. La Seguridad Social abona entonces la diferencia necesaria para alcanzar ese mínimo legal.

Para 2026, el límite general de ingresos se sitúa en 9.442 euros anuales para pensionistas sin cónyuge a cargo. En el caso de quienes tengan cónyuge a cargo, el umbral sube a 11.013 euros al año. Estos importes no incluyen la propia pensión y se tienen en cuenta rendimientos del trabajo, capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales.

También se exige residencia en España para las pensiones causadas desde el 1 de enero de 2013. La Seguridad Social podrá pedir declaraciones de ingresos, bienes patrimoniales o documentación tributaria para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos.

Por qué el complemento por mínimos no se mantiene para siempre

Este complemento no forma parte fija de la pensión. Su función es elevar la prestación hasta el mínimo legal mientras el pensionista cumple las condiciones exigidas. Si la pensión sube por la revalorización anual o si el beneficiario empieza a cobrar otra prestación periódica, el complemento se reduce en la misma proporción hasta desaparecer.

La norma establece que, cuando se reconoce una nueva pensión y esto provoca concurrencia de prestaciones, la absorción del complemento tendrá efectos desde el primer día del mes siguiente a la resolución de esa nueva pensión.

La Seguridad Social también contempla que, si durante 2026 se superan los límites de renta, el pensionista debe comunicarlo en el plazo de un mes desde que se produzca. Si después se comprueba que los ingresos anuales han superado el umbral permitido, las cantidades cobradas como complemento por mínimos tendrán la consideración de cobros indebidos.

Cuáles son las cuantías mínimas de jubilación y otros límites de pensión

Las cuantías mínimas de jubilación en 2026 varían según la edad y la situación familiar. Para titulares con 65 años, la pensión mínima anual es de 17.592,40 euros con cónyuge a cargo, 13.106,80 euros sin cónyuge y 12.441,80 euros con cónyuge no a cargo.

En términos mensuales, la Seguridad Social fija para la jubilación con 65 años una cuantía mínima de 1.256,60 euros con cónyuge a cargo, 936,20 euros para unidad económica unipersonal y 888,70 euros con cónyuge no a cargo.

El complemento por mínimos tampoco puede superar, en determinados casos, la cuantía establecida cada año para las pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad. En 2026, estas quedan fijadas en 8.803,20 euros anuales, equivalentes a 628,80 euros mensuales en 14 pagas. Entra en nuestra sección de prestaciones apra conocer otras noticias relevantes en materia de pensiones.

Logo página de autor redacción Madridinforma

Almudena Martínez Arribas

Almudena Martínez Arribas es periodista graduada por la Universidad Complutense de Madrid y redactora de contenidos en Ciberseo Jaén S.L. desde 2023. En Madridinforma escribe y revisa artículos sobre prestaciones, ayudas públicas, subsidios y trámites administrativos, con un enfoque basado en la claridad, el rigor informativo y la utilidad para el lector.

Deja un comentario