¿Es denunciable el spam por correo electrónico? Esto debes hacer para acabar con esta práctica abusiva

Fecha de publicación: 16 de junio de 2026 a las 16:42
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Usuario revisando correos de spam en un ordenador portátil para denunciar publicidad no deseada por correo electrónico.

Recibir correos comerciales no solicitados puede denunciarse si la empresa no tiene autorización, no permite darse de baja o sigue enviando mensajes pese a la oposición del usuario. La Agencia Española de Protección de Datos permite reclamar cuando se vulneran estos derechos.

El spam por correo electrónico no es solo una molestia en la bandeja de entrada. En España, las comunicaciones publicitarias o promocionales enviadas por email sin haber sido solicitadas o autorizadas están prohibidas, salvo casos concretos, como una relación contractual previa para productos o servicios similares. Además, la empresa debe ofrecer siempre una forma sencilla y gratuita para dejar de recibir esos correos.

Cuándo se puede denunciar el spam por correo electrónico en España

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico establece que no se pueden enviar comunicaciones comerciales por correo electrónico si el destinatario no las ha pedido o no las ha autorizado expresamente. También exige que el remitente facilite un mecanismo válido para oponerse a esos envíos.

Esto significa que el usuario puede actuar cuando recibe publicidad de una empresa desconocida, cuando nunca aceptó campañas comerciales o cuando pidió la baja y los mensajes continúan. La AEPD también recuerda que, si existe una relación contractual previa, la publicidad solo puede referirse a productos o servicios similares a los contratados y debe permitir la oposición en cada comunicación.

Por tanto, el primer paso no siempre es denunciar directamente. Antes hay que identificar al remitente, comprobar si existe una relación comercial previa y usar el sistema de baja incluido en el correo, siempre que el mensaje no tenga apariencia fraudulenta. Si después de ejercer el derecho de oposición o retirar el consentimiento siguen llegando emails, la reclamación gana fuerza.

Pasos para reclamar ante la AEPD y guardar las pruebas necesarias

La reclamación por publicidad no deseada puede presentarse ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de su sede electrónica, dentro del apartado de publicidad y comunicación comercial. La propia AEPD indica que, si hay pruebas o indicios de vulneración del derecho a la protección de datos, se puede iniciar una reclamación.

Para que la denuncia tenga recorrido, es importante conservar la prueba del envío. En el caso del correo electrónico, la AEPD pide aportar el contenido completo de los mensajes recibidos o una muestra representativa si son muchos, junto con sus cabeceras. También puede ser necesario guardar la solicitud de baja, la respuesta del remitente o cualquier documento que acredite que la empresa recibió la oposición del usuario.

El usuario debe incluir quién envía la publicidad, cuándo la recibió, a qué dirección llegó y qué hizo para dejar de recibirla. No basta con decir que llegan muchos correos; hay que demostrarlo con mensajes, capturas, cabeceras y comunicaciones previas.

Qué hacer si el correo basura incluye enlaces, adjuntos o phishing

No todo el correo basura es publicidad de empresas reales. INCIBE define el spam como mensajes no solicitados, normalmente publicitarios y enviados de forma masiva, pero advierte de que en muchos casos pueden contener enlaces o archivos capaces de infectar el dispositivo o robar datos.

Si el email parece fraudulento, suplanta a una empresa, pide contraseñas, datos bancarios o incluye adjuntos sospechosos, no se debe contestar ni pulsar enlaces. INCIBE recomienda eliminar y bloquear los correos no solicitados de remitentes desconocidos, no enviar información personal y no descargar archivos adjuntos sospechosos.

Cuando hay fraude o intento de phishing, además de guardar pruebas, se puede reportar a INCIBE y, si se ha producido un perjuicio económico o un delito, denunciar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. INCIBE dispone del 017 como línea gratuita y confidencial de ayuda en ciberseguridad. Descubre cómo llevar a cabo otras gestiones relevantes entrando en nuestra sección de trámites.

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