El nuevo copago farmacéutico ya está en vigor: así quedan los tramos y topes mensuales

Fecha de publicación: 15 de mayo de 2026 a las 19:59
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Farmacéutico entrega medicamentos a un pensionista tras los cambios del nuevo copago farmacéutico en España

El cambio afecta a trabajadores, pensionistas y beneficiarios de la prestación farmacéutica ambulatoria. La reforma amplía los tramos por renta y fija nuevos límites mensuales para quienes tienen ingresos bajos y medios.

El nuevo copago farmacéutico ya se aplica en España desde el 14 de mayo de 2026, tras la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 11/2026. La norma modifica la aportación de los usuarios en medicamentos dispensados con receta oficial en farmacias y busca que el pago sea más proporcional a la renta, especialmente en pacientes crónicos, polimedicados y personas con tratamientos de larga duración.

Nuevos tramos del copago farmacéutico para trabajadores y beneficiarios en 2026

La principal novedad para las personas activas y sus beneficiarios es que el sistema pasa de tres a seis tramos de renta. Además, por primera vez se fijan topes mensuales para quienes ganan menos de 35.000 euros al año, un cambio relevante para hogares con gastos recurrentes en medicamentos. Así quedan los tramos del copago farmacéutico para trabajadores:

Renta anualAportaciónTope mensual
Menos de 9.000 euros40%8,23 euros
De 9.000 a 17.999 euros40%18,52 euros
De 18.000 a 34.999 euros45%61,75 euros
De 35.000 a 59.999 euros45%Sin tope
De 60.000 a 99.999 euros50%Sin tope
100.000 euros o más60%Sin tope

El Ministerio de Sanidad señala que la reforma no incrementa la aportación que realizaban hasta ahora los colectivos afectados. La medida tiene un impacto presupuestario estimado de 265,63 millones de euros y persigue evitar interrupciones de tratamientos por motivos económicos.

Cuánto pagarán los pensionistas con el nuevo copago farmacéutico mensual

Los pensionistas mantienen, con carácter general, una aportación del 10% del precio del medicamento, salvo quienes tengan rentas iguales o superiores a 100.000 euros, que aportarán el 60%. La reforma introduce un tramo intermedio entre 18.000 y 60.000 euros y actualiza los topes mensuales. Los nuevos límites son los siguientes:

Renta anual del pensionistaAportaciónTope mensual
Menos de 18.000 euros10%8,23 euros
De 18.000 a 59.999 euros10%13,37 euros
De 60.000 a 99.999 euros10%18,52 euros
100.000 euros o más60%61,75 euros

Otra de las novedades afecta a los pensionistas que perciben complementos a mínimos, que quedan exentos de aportación farmacéutica. La disposición transitoria protege también a quienes ya estaban exentos con la regulación anterior y acrediten rentas reducidas.

Colectivos exentos y cuándo entra en vigor

La reforma mantiene las exenciones para colectivos vulnerables. Entre ellos figuran las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, perceptores de pensiones no contributivas, parados que han perdido el derecho al subsidio, menores con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, afectados por accidente de trabajo o enfermedad profesional y perceptores de rentas de integración social.

También se recoge la exención para quienes perciben la prestación económica por hijo o menor a cargo en acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción. En el caso de mutualistas de MUFACE, ISFAS y MUGEJU, la aportación general será del 30%, con las condiciones previstas en la norma.

El Real Decreto-ley fue publicado en el BOE el 13 de mayo de 2026 y entró en vigor al día siguiente, el 14 de mayo. Desde esa fecha, las farmacias aplican los nuevos porcentajes y límites mensuales según la renta consignada en la declaración del IRPF. Entra en nuestra sección de actualidad para conocer más noticias destacadas.

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Carlos Moya Pérez

Licenciado en Sociología, con amplia experiencia en redacción de contenidos. Especializado en noticias de actualidad, siendo la cultura mi principal foco de escritura.

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