Si durante tu vida laboral has sufrido un percance que haya provocado una enfermedad o accidente con el cual impida trabajar de nuevo en el trabajo, puedes acogerte a esta ayuda de la Seguridad Social. De hecho, se trata de la pensión por incapacidad permanente, una ayuda que puede ser insuficiente para vivir como cuando estabas trabajando. Por ello, la pregunta de muchas víctimas de estas situaciones es si es posible percibir otras prestaciones al mismo tiempo. Pues lo cierto es que sí hay más ayudas que puedes cobrar junto con la pensión de incapacidad permanente. En esta noticia damos la información sobre cuáles son las prestaciones que puedes cobrar junto a otras ayudas.
Que grados tiene la incapacidad permanente y con qué ayudas se puede cobrar la pensión por incapacidad permanente
Antes de continuar con las ayudas compatibles con la pensión por incapacidad permanente, decir que esta pensión se divide en 4 grados. En este sentido, se encuentran incapacidad total, parcial, absoluta y gran invalidez. Según en qué grado estés, vas a poder trabajar o no, no volviendo a trabajar nunca más en el puesto que desarrollabas e incluso en otras actividades laborales.
Pues bien, las ayudas que se pueden percibir junto con esta pensión son un total de 7, del SEPE y de la Seguridad Social. No obstante es necesario cumplir una serie de requisitos para conseguir cobrar estas prestaciones. En primer lugar, no superar el 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que para este año es de 810€ al año.
Cuáles son las 7 ayudas que se pueden pedir junto con la incapacidad permanente
Dado que las prestaciones son de varios organismos, vamos a empezar indicando las 6 primeras ayudas por parte del SEPE que se pueden cobrar con la pensión por incapacidad permanente. Es importante recordar que la duración de las mismas será diferente en función de la edad y requisitos.
Ayudas SEPE
Tipo | Requisitos y Duración |
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Ayuda familiar | – Agotar el paro. – Desempleados con cargas familiares. – Duración de hasta 30 meses. |
Subsidio por insuficiencia de cotización | – No tener derecho a paro. – De 3 a 21 meses (en función de las cargas familiares). |
Subsidio para mayores de 52 años | – Al menos 15 años cotizados (6 en régimen general). – Indefinida hasta la jubilación. |
Renta Activa de Inserción (RAI) | – Mayores de 45 años (situaciones graves para encontrar trabajo). – No recibir otras ayudas o subsidios. – 11 meses y hasta 3 prórrogas. |
Subsidio para mayores de 45 años | – No tener cargas familiares. – Máximo 6 meses. |
Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) | – Última de las ayudas. – Parados de larga duración. – No tener derecho a prestación por desempleo. – 6 meses improrrogables. |
Ayudas Seguridad Social
Tipo | Requisitos y Duración |
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Prestación contributiva por desempleo o paro | – No tiene límite de ingresos. – Cotizar al menos 360 días para recibir 4 meses de paro. – La cuantía se establece según los últimos 6 meses de la base reguladora. |
Si te encuentras en esta situación y estás cobrando la pensión por incapacidad permanente, no dudes en solicitar estas otras ayudas para poder tener unos ingresos mayores y una mejor calidad de vida. Por otro lado, puedes encontrar otras noticias sobre prestaciones en la Comunidad de Madrid y conocer el resto de ayudas que existen actualmente.