El TSJ de Asturias confirmó el despido disciplinario de una camarera que estaba de baja por contractura cervical y, al día siguiente, viajó a Madrid para una despedida de soltera. La sentencia tuvo en cuenta las fotos de Facebook, el paso por el Parque Warner y un seguimiento de detective con salidas nocturnas hasta el amanecer.
Una trabajadora del Hotel Zen Balagares de Avilés perdió su puesto después de que la empresa acreditara que, durante una baja médica por contractura cervical iniciada el 28 de junio de 2012, realizó actividades que el tribunal consideró incompatibles con su situación de incapacidad temporal. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en sentencia de 14 de junio de 2013, confirmó que el despido era procedente.
La baja por contractura cervical y el viaje a Madrid al día siguiente
La camarera causó baja por enfermedad común con diagnóstico de contractura cervical. Según los hechos probados, solo un día después acudió a una despedida de soltera en Madrid, viajó en avión, visitó un parque temático y usó atracciones con distintos grados de estrés físico.
La resolución recoge que unas fotografías publicadas en Facebook el 2 de julio de 2012 situaban a la trabajadora en varios lugares de Madrid, entre ellos el Parque Warner. El tribunal también valoró que esas imágenes no estaban protegidas por claves ni contraseñas, por lo que descartó que se hubiera vulnerado su intimidad al acceder a ellas.
La empresa entendió que esa conducta no encajaba con una baja cervical y comunicó el despido el 1 de agosto de 2012. En la carta, además del viaje, incluyó varias salidas con amigas, cenas, salas de baile y visitas a establecimientos de hostelería hasta altas horas.
Las fotos de Facebook y el seguimiento del detective fueron decisivos
El caso no se limitó a las imágenes de la despedida. La empresa aportó también un informe de detective privado sobre los días 14 y 21 de julio. En ese seguimiento se detalló que la trabajadora salió de noche, se movió en coche y taxi, acudió a sidrerías y bares, fumó, bailó y llevó calzado de tacón alto.
Uno de los episodios que más pesó fue la noche del 21 de julio. La sentencia recoge que salió de su domicilio a las 23:40 horas, acudió a una sidrería y después pasó por varios locales, como Bar Bombay, Café Colonial, Bulevar, Bámbara y Cabaré. La ruta terminó a las 6:20 horas, cuando se dirigió a una parada de taxis cercana.
La trabajadora defendió que su lesión era real, que no había trabajado por cuenta propia ni ajena y que esas actividades formaban parte de su vida normal. También alegó que no existía una prohibición médica expresa sobre salir de noche o desplazarse con amigas.
Por qué el TSJ confirmó el despido disciplinario de la camarera
El TSJ de Asturias rechazó el recurso y confirmó la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Avilés. Para la Sala, la conducta de la trabajadora revelaba aptitud para realizar sus funciones como camarera o, al menos, podía perjudicar la recuperación de la dolencia cervical.
El tribunal hizo una distinción relevante: no se trataba de una baja por un problema psíquico en la que determinadas salidas o actividades de ocio pudieran tener una finalidad terapéutica, sino de una contractura cervical. En ese contexto, el viaje, las atracciones y las salidas nocturnas fueron considerados incompatibles con la incapacidad temporal.
La Sala recordó que durante una baja médica también se mantiene el deber de buena fe contractual. Según el fallo, la trabajadora realizó actividades que evidenciaban que podía trabajar o que podían retrasar su curación, motivo por el que la máxima sanción disciplinaria resultó proporcionada.
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