La Comunidad de Madrid pagará la jubilación parcial de los profesores de la concertada: requisitos y fecha de entrada en vigor

Fecha de publicación: 10 de abril de 2026 a las 13:47
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Reunión de la Comunidad de Madrid sobre la jubilación parcial de profesores de la concertada

El nuevo acuerdo permitirá a los docentes reducir su jornada en los dos años previos a la jubilación total sin perder el 100% de la cotización. La medida arrancará en el curso 2026-2027 y obligará a cubrir las horas vacantes con contratos de relevo.

La Comunidad de Madrid ha cerrado con la patronal y los sindicatos una de las reclamaciones más repetidas por la enseñanza concertada: recuperar la jubilación parcial financiada por la Administración. El cambio permitirá rebajar la carga lectiva sin recortar la cotización a la Seguridad Social, de modo que la futura pensión no se verá perjudicada para quienes se acojan a esta fórmula.

Qué cambia con la jubilación parcial de profesores de la concertada en Madrid

La principal novedad está en la jornada. Los docentes que cumplan las condiciones podrán pasar de 25 horas semanales a 7, dentro de una reducción que la Comunidad sitúa, en términos generales, en torno al 75% de la jornada habitual. El acuerdo también permite concentrar esa rebaja horaria, siempre que exista pacto con el centro y quede garantizado el funcionamiento del colegio.

Esta medida no llega sola. En los Presupuestos de 2026, la Comunidad de Madrid recoge un aumento de 37,3 millones de euros para la enseñanza concertada y precisa que parte de esa dotación servirá para financiar la jubilación parcial con contrato de relevo del profesorado.

Requisitos para solicitar la jubilación parcial en los colegios concertados de Madrid

Uno de los puntos clave del acuerdo es la antigüedad mínima. Los profesores tendrán que acreditar al menos seis años en el mismo centro para poder acogerse a esta modalidad, que será voluntaria. Además, las horas que queden vacantes deberán cubrirse con contratos indefinidos de relevo, una fórmula con la que el Ejecutivo madrileño busca facilitar la incorporación de nuevos docentes en la red concertada.

El pacto fija además una condición para esos relevistas: deberán mantenerse en el puesto, como mínimo, durante dos años después de que termine la jubilación parcial del profesor sustituido. Con ello se pretende dar estabilidad a las plantillas y evitar cambios continuos en las aulas.

Cuándo entra en vigor el acuerdo y cómo se cubrirán las horas lectivas

Aunque la Comunidad de Madrid ya anunció en mayo de 2025 que recuperaría esta jubilación parcial para la concertada, la formalización que ahora se cerrará sitúa su entrada en vigor en el curso 2026-2027. Según la información conocida este 8 de abril, el acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2027 y, a partir de esa fecha, se renovará cada año.

Junto a esta medida, el Gobierno regional ya había adelantado otra mejora para los centros concertados: la financiación de las sustituciones desde el primer día de baja, eliminando la espera de diez días lectivos. Para los colegios supone una organización más estable y para los docentes abre una salida hacia la jubilación con menos carga laboral y sin castigo sobre su pensión futura. Entra en nuestra sección de empleo para conocer nuevos acuerdos laborales.

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