¿Alguna vez te has puesto malo o has sufrido un accidente laboral? Cuando estamos dados de alta en la Seguridad Social porque tenemos un trabajo, podemos estar tranquilos si durante la actividad laboral o fuera de ella, padecemos de enfermedades, lesiones o malestares. En dichas situaciones, se nos concede lo que se conoce como baja laboral por incapacidad temporal, la cual está sujeta a una serie de restricciones temporales fijadas por el INSS. Por tanto, vamos a recibir prestación económica diaria que compensa la pérdida de ingresos, ya sea por una enfermedad común, profesional, o un accidente de trabajo o no laboral. Por eso la importancia de saber que la empresa nos ha dado de alta, ya que en su defecto, puede ser un papelón para ambas partes, trabajado como empleador.
Estar de baja laboral conlleva un tiempo determinado según la Seguridad Social
Estar de baja laboral por un cualquier motivo de salud, causado por un accidente, tanto dentro como fuera del trabajo, nos concede la incapacidad temporal. A esta prestación económica tienen derecho todos los trabajadores de cualquier régimen de la Seguridad Social. La pregunta que muchas de estas personas se hacen una vez que ocurre esto, es saber cuánto tiempo pueden estar de baja laboral por IT. La respuesta a esto es algo que deberán decidir desde la Seguridad Social, aunque sí que existe un periodo máximo para estar con esta situación.
El tiempo máximo que se puede estar de bajar laboral por inca picada temporal es de 365 días, prorrogables por 180 días adicionales más como límite. Así lo indica la Seguridad Social, lo que hace un total de 545 días el tiempo que puedes estar de baja laboral por este tipo de incapacidad. Por tanto, si pasado este tiempo seguimos en la misma situación, se valorará una incapacidad permanente. Además, existe un periodo de evaluación y diagnóstico para las enfermedades profesionales cuyo límite es de 6 meses, aunque se pueden prorrogar por otro periodo de igual duración.
Pasos para solicitar la baja a la Seguridad Social
Una vez que nos encontremos con alguna enfermedad, dolencia o hayamos sufrido algún accidente, lo primero será acudir al médico de cabecera o mutua. Una vez que nos hayan evaluado, estos profesionales son quienes van a evaluar y emitir el parte de baja. Una vez nos concedan la IT, en caso de ser una enfermedad profesional o accidente de trabajo, la gestión la realizarán la Seguridad Social y la empresa. Por tanto, no debes entregar nada a la empresa para acreditar dicha situación de baja laboral y deberemos seguir las pautas que nos indican para acudir a las revisiones periódicas hasta que nos encontremos aptos para volver al trabajo.
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