¿Te pueden llamar en mitad de las vacaciones para cubrir a un compañero? Esto es lo que dice la ley

Fecha de publicación: 20 de junio de 2026 a las 07:30
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Trabajador recibe una llamada de la empresa durante sus vacaciones para volver al trabajo y cubrir a un compañero

La compañía puede pedir al trabajador que regrese antes de tiempo, pero no imponerlo sin más cuando las vacaciones ya estaban fijadas. El Estatuto de los Trabajadores protege este descanso y exige que las fechas se conozcan con al menos dos meses de antelación.

Un trabajador que está disfrutando de sus vacaciones no tiene que volver a su puesto solo porque la empresa necesite cubrir la ausencia de otro empleado. Si los días libres estaban aprobados, la llamada de la compañía puede ser una petición, pero no una orden automática que anule el descanso.

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones anuales son retribuidas, no pueden sustituirse por dinero mientras el contrato sigue vigente y deben fijarse de común acuerdo entre empresa y trabajador. Además, la persona trabajadora debe conocer sus fechas con al menos dos meses de antelación al inicio del disfrute.

La empresa no puede cancelar unas vacaciones aprobadas para cubrir bajas

La falta de personal, una baja médica o la ausencia inesperada de un compañero no permiten a la empresa dejar sin efecto unas vacaciones ya concedidas de forma unilateral y sin seguir los cauces legales. La organización del trabajo corresponde a la empresa, pero ese poder de dirección no elimina el derecho al descanso anual.

También influye si existe un régimen especial de guardias, disponibilidad o localización pactado en el convenio colectivo, contrato o acuerdo interno. En ese caso habría que atender a lo firmado, pero siempre respetando los derechos mínimos de descanso y vacaciones.

Durante las vacaciones, el trabajador también cuenta con el derecho a la desconexión digital. La Ley Orgánica 3/2018 reconoce este derecho para garantizar el respeto del tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como la intimidad personal y familiar.

Qué debe hacer el trabajador si recibe una llamada durante sus vacaciones

Lo recomendable es no aceptar cambios verbales sin dejar constancia. Si la empresa pide volver antes de tiempo, el trabajador debería solicitar la comunicación por escrito, con la causa concreta y las condiciones de compensación.

En caso de aceptar voluntariamente, debe quedar claro qué días de vacaciones quedan pendientes, cuándo se disfrutarán, cómo se pagarán los gastos derivados del regreso y si habrá algún tipo de compensación económica. Esto es especialmente importante si el trabajador ya había pagado alojamiento, transporte o actividades.

Una respuesta formal puede ser suficiente para dejar constancia de la situación: “Estoy disfrutando de mis vacaciones aprobadas del día X al día Y. Si la empresa considera necesario modificar ese periodo, solicito que me comunique por escrito la causa, la cobertura legal y la compensación correspondiente”.

El riesgo de ignorar una orden empresarial sin responder por escrito

Aunque la empresa no debería cancelar unas vacaciones aprobadas de forma unilateral, el trabajador no debe limitarse a desaparecer o ignorar una orden empresarial. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social recoge un procedimiento específico para fijar las vacaciones, con un plazo de 20 días para demandar cuando la fecha ya esté precisada, y lo califica como urgente y de tramitación preferente.

Un caso reciente lo refleja con claridad. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declaró procedente el despido de un vigilante que se ausentó siete días tras un cambio empresarial de vacaciones que no respetó el plazo legal de dos meses. El tribunal tuvo en cuenta que el trabajador no respondió ni acudió al procedimiento urgente para discutir esas fechas.

Por tanto, la empresa puede solicitar el regreso, pero no imponerlo sin base legal cuando las vacaciones estaban aprobadas. La mejor protección para el trabajador es contestar por escrito, conservar las pruebas y acudir a asesoramiento sindical, profesional o judicial si hay presión, amenaza de sanción o cambio unilateral. Entra en nuestra sección de empleo para conocer más derechos laborales.

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