Sin duda, se trata de una de las ayudas del SEPE que más han llamado la atención en los últimos tiempos. De hecho, se trata de una nueva prestación aprobaba por el Gobierno (Real decreto-ley 1/2023), que da un apoyo económico a un grupo concreto de trabajadores/as en situación de desempleo. El importe total de esta prestación del SEPE, es de 2.400 euros, repartidos en 4 meses. Conoce los requisitos a tener en cuenta y saber si puedes ser beneficiario de esta novedosa ayuda asistencial.
A quién va dirigida la ayuda del SEPE y qué requisitos son necesarios
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), se ha hecho eco de esta nueva ayuda de hasta 2.400 euros, dirigida a artistas que hacen desarrollan artes escénicas, audiovisuales, musicales, profesionales técnicos y auxiliares. Con importe de 600 euros al mes, durante 4 meses, es importante saber que no es compatible con otras prestaciones de administraciones públicas o con el trabajo por cuenta ajena y propia.
Para poder ser beneficiario de esta ayuda del SEPE, es necesario cumplir una serie de requisitos. Bien, las personas que deseen esta prestación no deben tener derecho al paro, estar afiliados a la Seguridad Social, dado de alta y en situación de desempleo. Además, se requiere suscribir el acuerdo de actividad y no tener la edad ordinaria de jubilación. También se debe acreditar al menos 60 días durante los 18 meses anteriores a estar en paro.
Cuál es el importe, duración y forma de solicitar esta ayuda del SEPE
Respecto a la cuantía y duración de la misma, es importante saber que se cobrará un total de 480 euros (80% IPREM), durante un máximo de 4 meses. Bien, cabe destacar que si la media diaria de las bases de cotización de los últimos 60 días supera los sesenta euros, el importe de la ayuda será del 100% del IPREM (600 €).
Si deseas solicitar esta ayuda de 600 euros del SEPE, se puede realizar desde la propia Sede Electrónica del SEPE o presencialmente, en una oficina del SEPE, con cita previa. Para terminar, recuerda que puedes conocer más noticias sobre prestaciones, visitando la sección de nuestra web informativa de la Comunidad de Madrid.