El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), informa sobra las consecuencias que puede provocar el viajar a ciertos lugares mientras cobras el paro, subsidio por desempleo o renta activa de inserción. Por ello, si estás en esta situación y tienes pensado tomarte las vacaciones este verano, debes cumplir una serie de obligaciones, ya que en caso de no llevarlas a rajatabla, puede ser motivo de perder dicha prestación temporal o definitivamente. Por ello, vamos a explicar qué debes hacer antes de salir de viaje, en caso de que estés cobrando una ayuda del SEPE.
Así actúa el SEPE si estás cobrando el paro o subsidio por desempleo y te vas de viaje al extranjero
Cuando una persona está cobrando la prestación contributiva como el paro, o no contributiva, tal como, el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción, tiene que tener en cuenta los requisitos a cumplir. Una de las condiciones más destacadas es la búsqueda activa de empleo, lo que hace que sea incompatible con viajar al extranjero.
En este sentido, toda persona beneficiaria de una ayuda del SEPE como el paro, que tenga en mente irse de vacaciones este verano, fuera del país, tiene que saber que puede ser motivo de suspensión de la prestación. Concretamente, si vas a viajar al extranjero por un periodo superior a 15 y hasta 90 días naturales, deberás de avisar previamente de dichas intenciones al Servicio Público de Empleo para que te autorice la salida, con este documento que puedes encontrar en la Sede Electrónica del SEPE. De esta manera, te suspenderán el paro o subsidio hasta que vuelvas, momento en el que tendrás derecho a reanudar dicha ayuda.
Cuando la duración del viaje supera los 90 días es motivo de sanción del SEPE
El SEPE explicar que si el periodo es superior a 90 días, ten en cuenta que el paro, subsidio o renta activa por inserción a la que tengas derecho, se extingue. Ahora bien, si te quieres ir de viaje al extranjero, pero el tiempo es menor de 15 días naturales, si se mantendrá la prestación durante dicho periodo, siempre que cumplas con las obligaciones. No obstante, se aconseja comunicar dicha partida al SEPE antes de salir y presentarse en las oficinas el primer día hábil a tu vuelta del extranjero.
Según el artículo 47.1b de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, no avisar de las salidas al extranjero, mientras estás cobrando una prestación por desempleo, supone una infracción grave, y sancionada según el número de veces cometida:
- 1.ª Infracción: pérdida de 3 meses de prestaciones.
- 2.ª Infracción: pérdida de 6 meses de prestaciones.
- 3.ª Infracción: extinción de prestaciones.
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