La Comunidad de Madrid pone en marcha una serie de ayudas para fomentar el empleo en los trabajadores desempleados que se establezcan por cuenta propia. Con estas actuaciones, se trata de incentivar a las personas que estén en paro, para que se den de alta como autónomos en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional, según el caso. El importe de la subvención puede llegar hasta un máximo de 4.580 euros.
Requisitos para solicitar las ayudas destinadas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia en la Comunidad de Madrid
El autoempleo, es decir, comenzar a trabajar de autónomo iniciando un negocio, es una buena opción si se quiere salir de la situación de desempleo. La Comunidad de Madrid, ayuda a estas personas que quieren dar el paso para obtener una ocupación laboral y convertirse en su propio jefe. Para beneficiarse del apoyo institucional en este camino, los/las solicitantes, deben cumplir estos requisitos:
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar la actividad laboral dentro de la región madrileña.
- Hay que estar inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid.
- Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad del colegio profesional.
- No haber realizado la misma actividad en los 6 meses anteriores.
Cuantía de estas ayudas para autónomos
No podrán obtener estas ayudas los familiares colaboradores del titular de la explotación, ni los familiares de socios o los miembros que formen parte de órganos administradores de sociedades mercantiles. Estas son las cuantías que puede alcanzar la subvención del 80% los gastos justificados a la hora iniciar una actividad por cuenta propia:
- Ayudas de entre 750 y hasta los 2.500 euros: para los trabajadores por cuenta propia con carácter general.
- Subvenciones desde 750 hasta los 3.080 euros para estos colectivos:
- Jóvenes desempleados menores de 30.
- Mujeres desempleadas.
- Desempleados mayores de 45 años.
- Parados de larga duración.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Víctimas de terrorismo.
- Personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%.
Además, el importe de estas ayudas se podrán incrementar hasta 1.500 euros máximo para atender gastos de inmovilizado material o inmaterial. Por lo que las subvenciones pueden alcanzar una cuantía de 4.000 euros con carácter general o incluso hasta los 4.580 euros en el caso de los colectivos especiales.
¿Cómo se solicitan estas subvenciones para autónomos de la Comunidad de Madrid?
Estas subvenciones para personas que se constituyan como autónomas en la Comunidad de Madrid, deben solicitarse tres meses después de la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia. La solicitud de estas ayudas se puede realizar de forma electrónica a través del Portal de Administración Digital. Tan solo hay que hacer clic en el enlace y pulsar el botón “Tramitar”:
- Descargar la solicitud y rellenarla, junto a una memoria justificativa del proyecto empresarial y el listado de los documentos acreditativos del gasto realizado.
- Entrar en el “Registro electrónico” para efectuar el trámite.
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