Luz verde a la reforma de los subsidios por desempleo del SEPE. Tras la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, cambian estas ayudas asistenciales otorgadas por el Servicio Público de Empleo Estatal. Entre las medidas incluidas en el texto se contempla la modificación de “la cuantía de los subsidios por agotamiento y de cotizaciones insuficientes, introduciendo una fórmula de cuantía decreciente, en tres tramos”. Además, se simplifican y mejoran los requisitos de acceso y mantenimiento, facilitando el acceso a las personas beneficiarias.
Los cambios se aplicarán a partir del 1 de noviembre 2024
Tal y como indica la normativa en su disposición tercera transitoria, los cambios se aplicarán a partir del 1 de noviembre. La cuantía de los subsidios se verá modificada, de manera que irá decreciendo en un periodo de tres tramos:
- Primeros 6 meses: el 95% del IPREM (570 euros/mes en 2024).
- Los siguientes 6 meses: 90% IPREM (540 euros/mes en 2024).
- A partir del día 360: 80% IPREM (480 euros/mes).
Hay que matizar que el subsidio por desempleo para mayores de 52 años mantiene su cuantía fija, ya que queda compensado “por la mayor duración de este subsidio y por las cotizaciones por la contingencia de jubilación, de las cuales carece el resto de los subsidios”. Además, en la reforma se contemplan otras novedades como la ampliación del nivel asistencial en algunos tramos de edad que antes estaban excluidos como los menores de 45 años sin responsabilidades familiares. En este caso deben de haber agotado un paro de 360 días. También se suprime el mes de espera y se simplifican los subsidios “igualando la duración, con independencia de la edad, para el subsidio de agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares”.
Subsidio compatible con trabajo
Otras de las mejoras tras la reforma del Consejo de Ministros es que se introduce una nueva fórmula para compatibilizar el subsidio con un empleo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial. Así, se recibirá como un complemento de ayuda para el empleo durante un máximo de 180 días. También se contempla respecto de las prestaciones contributivas por desempleo, siempre que se hayan devengado 9 meses y que el derecho reconocido fuera igual o superior a 12 meses. Estas novedades serán aplicables a partir de 1 de abril de 2025.
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