Las ayudas, y sobre todo económicas, siempre son bienvenidas y más aún cuando no tenemos dinero con el que vivir o llegar a fin de mes, por lo que es bueno estar atentos sobre las nuevas noticias sobre prestaciones o subsidios que el Gobierno tiene o va sacando. Las mismas están destinadas para que se puedan beneficiar las personas más vulnerables o que están sin trabajo. En este aspecto, ahora, en tan solo unos días, concretamente el 1 de noviembre, cambiarán las condiciones de una de las ayudas de Servicio Público de Empleo Estatal, que actualmente perciben más de 750.000 personas en España. Por tanto, se espera que con la transformación de esta ayuda, sean más de 200.000 personas las que puedan acceder a esta nueva prestación
De qué ayuda estamos hablando: así es el importe a cobrar durante la prestación de la misma
Se trata del subsidio por desempleo, una ayuda gestionada por el SEPE que depende del Gobierno, el cual aprobó dicha reforma (Real Decreto-Ley) en Consejo de Ministros el 21 de mayo. Aprobado este, días más tarde, por el Congreso de los Diputados, se verá su aplicación a partir del 1 de noviembre de 2024. Entre los cambios más importantes de las modificaciones de los subsidios, vamos a hacer referencia a la subida de 90 euros, pasando de los 480 euros a los 570 euros (95% IPREM). De esta forma, muchas personas tendrán algo más de apoyo de económico.
Cabe resaltar que la cuantía de este subsidio por desempleo no se mantendrá durante todo el periodo con 570 euros. Esto quiere decir que durante los 6 primeros meses, se cobrará dicho importe, pasando a los 540 euros (90% IPREM) los siguientes seis meses y el resto en 480 euros al mes (80%). Además, se podrán compaginar con un empleo o beca, entre otras mejoras.
Cuáles son los requisitos para solicitar este subsidio por desempleo del SEPE de 570 euros
Con la entrada en vigor de la reforma de los subsidios, como hemos mencionado anteriormente, no solo se aumenta el importe de la ayuda, sino que se da derecho a percibirla a nuevos beneficiarios. Ahora bien, es necesario cumplir con una serie de requisitos a tener en cuenta:
- Haber agotado el paro.
- Los menores de 45 años sin responsabilidades familiares (nuevos beneficiarios) tienen que agotar la prestación por desempleo después de haberla percibido durante 1 año o más.
- Estar en situación legal de desempleo sin llegar al periodo mínimo de cotización para cobrar la prestación contributiva (paro), y siempre que hayan cotizado al menos 3 meses.
- Trabajadores agrarios eventuales, tales como jornaleros y aquellos que dependen de empleos intermitentes o estacionales (nuevos beneficiarios) y que no llegan al año de cotización.
- Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva (nuevos beneficiarios).
- Víctimas de violencia de género o sexual.
Recuerda que puedes estar al tanto sobre más noticias relacionadas con prestaciones, echando un vistazo al apartado correspondiente de nuestra web de la Comunidad de Madrid.