Si eres de las personas que compraste una vivienda antes del año 2019 y pagaste todos los gastos derivados de la hipoteca, cancelada o con el piso vendido, aún puedes reclamar dicha cuantía. Desde el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se considera que la comisión por una apertura de un préstamo o hipoteca es abusiva, cuando no cumplan los requisitos de transparencia.
El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo confirman que las cláusulas de apertura de las hipotecas son abusivas y nulas
La reclamación para devolver los gastos de la hipoteca se fundamenta en la conducta reiterada de los bancos, que de manera sistemática han incumplido las normativas destinadas a proteger a los consumidores y usuarios.
En el año 2015, el Tribunal Supremo ratificó la invalidez de las cláusulas relacionadas con los gastos hipotecarios, pero a pesar de afirmar que los clientes no debían asumir todos estos costos, no profundizó en el reparto específico. Tras varios años de incertidumbre y discrepancias en la interpretación de la ley, no fue sino hasta 2019 que el Tribunal Supremo revisó nuevamente el asunto y determinó que los bancos debían reembolsar la mitad de los honorarios del notario y la gestoría, así como la totalidad del costo del registro.
No obstante, esta distribución de responsabilidades contravenía las normativas europeas de protección al consumidor. Por esta razón, en el año 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió un fallo en el que estableció que, en ausencia de una normativa que regulara los gastos, no se podía compartir el pago entre las partes involucradas, sino que debían ser reembolsados en su totalidad al cliente.
Cuánto tienen que devolver los bancos por la hipoteca
A raíz de esta decisión del TJUE, el Tribunal Supremo de nuestro país rectificó su posición, y a través de las sentencias de octubre de 2020 y febrero de 2021, se estableció la doctrina jurisprudencial definitiva. En base a esta misma, una vez declarada la nulidad de la cláusula de la hipoteca, el banco tiene la obligación de devolver a sus clientes los gastos ocasionados:
- El 50% de la factura de Notario.
- La totalidad de la factura de Registro.
- La totalidad de la factura de Gestoría.
- La totalidad de la factura de Tasación.
Según palabras de un abogado, con esta sentencia los bancos «podrían enfrentarse a nueva ola de reclamaciones judiciales» y es, sin duda, es una buena noticia para que podamos luchar porque nos devuelvan el dinero. Para reclamar dichas cantidades hay que hacerlo antes de enero de 2024.
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