Los ciudadanos que comuniquen una herencia intestada y sin herederos legítimos pueden tener derecho a un premio económico. La recompensa no alcanza a representantes legales, responsables de residencias ni personas obligadas por su cargo a informar del fallecimiento.
Hacienda puede abonar el 10% del caudal líquido de una herencia sin herederos a los particulares que den aviso formal y aporten datos sobre los bienes del fallecido. La medida se aplica cuando la Administración General del Estado resulta heredera abintestato, al no aparecer ninguna persona con derecho a recibir ese patrimonio.
Quién puede cobrar el 10% de una herencia sin herederos de Hacienda
El premio está pensado para particulares que no tienen obligación legal de comunicar el fallecimiento. El Real Decreto 1373/2009 permite denunciar ante la Delegación de Economía y Hacienda la muerte intestada de una persona que carece de herederos legítimos.
No basta con señalar que una vivienda o una cuenta bancaria han quedado sin dueño conocido. La persona que avisa debe aportar información útil para que la Administración compruebe si procede abrir el expediente y si el Estado tiene derecho a suceder al fallecido.
La recompensa se calcula sobre el caudal líquido resultante y solo respecto a los bienes incluidos en la denuncia. Por tanto, el 10% se reconoce sobre la parte proporcional que corresponda a esos activos comunicados.
Las personas que no pueden recibir el premio por avisar a Hacienda
La norma excluye a quienes ya tienen el deber de informar. En este grupo entran las personas que, por razón de su cargo o empleo público, tengan conocimiento del fallecimiento intestado de alguien sin herederos legítimos.
También quedan fuera los responsables del centro o residencia donde hubiera vivido el causante, así como el administrador o representante legal del fallecido. En estos casos se trata de una comunicación obligatoria, no de una denuncia voluntaria con derecho a premio.
Qué documentos pide Hacienda para iniciar el trámite de una herencia abintestato
El escrito debe dirigirse a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia en la que el fallecido tuvo su último domicilio, siempre que se conozca. La sede electrónica de Hacienda permite presentar la información por vía telemática y también existe formulario para la tramitación presencial.
Entre la documentación figuran la justificación del fallecimiento, el domicilio del causante, la procedencia de la sucesión intestada, la relación de bienes y derechos y los datos sobre quienes pudieran estar disfrutando o administrando esos bienes.
El procedimiento no tiene tasa. El órgano responsable es la Dirección General del Patrimonio del Estado y el plazo de resolución fijado por Hacienda para este expediente es de un año.
Cuándo se paga el premio por denunciar bienes sin herederos legítimos
El derecho al 10% no se cobra al presentar la comunicación. Primero debe tramitarse el expediente, comprobarse la inexistencia de herederos con mejor derecho y declararse, en su caso, a la Administración como heredera abintestato.
Después, cuando se liquide la herencia, se calcula el caudal líquido y se determina la parte que corresponde al denunciante. La normativa prevé que el pago se produzca una vez aprobada la cuenta de liquidación del abintestato, ya sea parcial o final.
Qué ocurre con el dinero cuando el Estado hereda sin testamento
Cuando no existen personas con derecho a heredar y resulta llamado el Estado, la cantidad obtenida tras la liquidación se ingresa en el Tesoro Público. La legislación prevé que dos terceras partes del valor del caudal relicto se destinen a fines de interés social, salvo que el Consejo de Ministros acuerde otra aplicación.
En comunidades con derecho civil propio, la sucesión puede quedar sujeta a normas forales o especiales. Por eso, antes de iniciar cualquier trámite, conviene comprobar qué Administración resulta competente y presentar la denuncia con la documentación más completa posible.








