La Comunidad de Madrid crea un registro obligatorio para negocios minoristas de productos alimenticios. La medida afecta a tiendas, bares, restaurantes, venta ambulante, máquinas expendedoras y viviendas donde se elaboren alimentos para su venta.
La Comunidad de Madrid ha aprobado el Registro de Empresas Alimentarias de Comercio al por Menor de Productos Alimenticios, una nueva base autonómica destinada a reforzar el control sanitario de los establecimientos que manipulan, elaboran, venden o sirven alimentos al consumidor final. El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha informado de esta medida a través de su Concejalía de Sanidad, que recuerda que el registro busca proteger la salud pública y los derechos de los consumidores.
Qué comercios alimentarios están obligados a inscribirse en el nuevo registro autonómico
La inscripción afectará a los establecimientos de comercio al por menor de productos alimenticios con ubicación fija en la Comunidad de Madrid. En este grupo entran locales de venta, obradores, almacenes de apoyo y espacios no abiertos al público en los que se preparan o almacenan alimentos para venderlos por internet.
También tendrán que figurar en el registro los establecimientos de restauración comercial y de colectividades, como restaurantes, cafeterías, bares, escuelas, hospitales, residencias, centros de día o comedores de empresa.
La obligación alcanza además a negocios sin ubicación fija, entre ellos empresas que comercialicen alimentos mediante máquinas expendedoras, venta ambulante en mercadillos o vehículos itinerantes. Otro punto relevante es la inclusión de viviendas privadas donde se elaboren alimentos para su posterior venta, siempre que se desarrolle una actividad económica de este tipo.
Quedan fuera del registro las empresas dedicadas únicamente a producción primaria, las ya sujetas al Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, y los lugares donde se preparen o suministren alimentos de forma ocasional en celebraciones religiosas, escolares, benéficas o municipales.
Cómo se hace la inscripción y qué datos tendrán que presentar las empresas
El Decreto 26/2026 regula la inscripción, modificación y cancelación de los datos en el nuevo registro. Los operadores deberán presentar una comunicación ante la dirección general competente en Salud Pública, salvo en el caso de viviendas privadas utilizadas para elaborar alimentos, donde será necesaria una declaración responsable.
La documentación deberá incluir datos básicos como nombre o razón social, domicilio social, correo electrónico, teléfono de contacto, actividad realizada y, si existe un establecimiento con ubicación fija, la dirección del local.
En el caso de viviendas privadas, la declaración responsable tendrá que añadir el horario de actividad, los productos que se van a elaborar, un plano de la vivienda con las zonas destinadas a esta actividad y el compromiso de someterse a los controles oficiales de la autoridad competente.
El trámite podrá presentarse por vía telemática en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid y en los registros electrónicos previstos por la normativa. El registro queda organizado en cuatro secciones: establecimientos minoristas de alimentación, establecimientos minoristas de restauración, negocios sin ubicación fija y viviendas privadas donde se elaboren alimentos para la venta.
Hasta cuándo pueden comunicar la inscripción los negocios ya abiertos en Madrid
Las empresas ya inscritas en el Registro de Establecimientos de Comercio al por Menor de Carne Fresca y sus Derivados pasarán de oficio al nuevo registro y recibirán su número de inscripción. Para el resto de negocios sujetos a esta obligación se establece un periodo transitorio de un año desde la entrada en vigor del decreto.
El texto se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 27 de marzo de 2026 y entra en vigor al día siguiente. Por ello, los establecimientos obligados disponen hasta el 28 de marzo de 2027 para comunicar su inscripción mediante comunicación o declaración responsable, según corresponda. Accede a nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones administrativas.








