Baja por incapacidad y llamadas de la empresa: lo que dice la justicia sobre tus derechos

Fecha de publicación: 14 de marzo de 2026 a las 12:14
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Trabajadora de baja por incapacidad hablando por teléfono en casa durante su recuperación

La comunicación durante la incapacidad temporal es posible si es puntual y se centra en tu salud. La clave está en el motivo de la llamada y en respetar tu derecho a la desconexión.

Estar de baja suele implicar descanso y recuperación, pero muchas personas se preguntan lo mismo cuando suena el teléfono: ¿puede la empresa contactarme si estoy de baja por incapacidad?

Qué límites marca la justicia a las llamadas de la empresa durante la incapacidad temporal

Según los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en 2025 hubo 7,98 millones de procesos de incapacidad temporal. Ese volumen supuso la pérdida de 341,8 millones de jornadas de trabajo, un 3,2 % más que en 2024, lo que equivale a 1,55 millones de trabajadores de baja cada día.

Con estas cifras, muchas empresas intentan mantener la organización y reducir el impacto de ausencias prolongadas. En consecuencia, se han extendido prácticas de seguimiento más estrictas. El problema aparece cuando ese seguimiento se percibe como presión: no es lo mismo interesarse por alguien que fiscalizar su baja.

Llamar al trabajador no es ilegal por sí mismo. La comunicación puede ser válida, pero con límites sobre la finalidad, el contenido y la frecuencia, para que la baja cumpla su función de recuperación sin ansiedad añadida.

Un ejemplo reciente es la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 1744/2024. En ese caso, el tribunal entendió que una llamada ocasional para interesarse por la salud del trabajador no vulnera sus derechos. Eso sí, el contacto no puede convertirse en un método para controlar la situación laboral o exigir desempeño mientras exista incapacidad.

Qué puede preguntar la empresa y qué debe evitar para no vulnerar derechos

La intención lo es casi todo. La llamada debe centrarse en el bienestar y la recuperación, no en obtener información laboral. Además, el trabajador conserva derechos como la intimidad, la dignidad y el derecho a la desconexión, por lo que no está obligado a responder comunicaciones relacionadas con el trabajo durante la baja.

Tienes que entender que cada caso es distinto, pero conviene actuar con calma y poner límites. ¿Quieres responder o prefieres no hacerlo? Ambas opciones pueden valer, según la situación. Antes de entrar en un tira y afloja, estas pautas pueden ayudarte:

  • Si contestas, limita la conversación a tu estado general y evita hablar de trabajo.
  • Si no quieres llamadas, puedes no responder y comunicar que prefieres no recibir contactos durante la baja.
  • Si las comunicaciones te generan malestar por frecuencia o tono, deja claro que se respete tu negativa.

En definitiva, la empresa puede llamarte durante la baja por incapacidad, pero solo si lo hace de forma respetuosa y con un único foco: tu recuperación. Si quieres conocer más derechos laborales, accede a nuestra sección de empleo.

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