El Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz sigue trabajando en la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas sin bajar el salario que está prevista para 2025. Ahora, ya en los últimos meses del año, la ministra propone una nueva medida que sin duda ha llamado mucho la atención y no es para bien. En este sentido, se quiere sancionar con multas de hasta 7.500 euros a los trabajadores que incumplan con el registro horario. Además, dicha multa la tendrá que asumir la empresa, de cada uno de los trabajadores que no cumplan. Ya no se podrá hacer de forma conjunta como se venía haciendo.
Se trata de una medida que casi seguro salga adelante tras la ausencia de las patronales
Dicha medida está consensuada por parte del Gobierno, sindicatos y patronal, mientras que CEOE y Cepyme ya no han ido a más reuniones, tras negarse a la reducción de la jornada. En este sentido, parece ser esta nueva medida que llega a última hora, tiene toda la pinta que se ponga en marcha. Como hemos mencionado al inicio, se trata de una sanción por el registro horario y que la empresa debe pagar por cada trabajador que lo haga de forma incorrecta.
Estas son las multas actuales de Trabajo hacia las empresas incumplan con el registro horario
Según la gravedad del asunto, la falta del registro horario (obligación legal) puede variar el importe de la sanción, sin importar el tipo de contrato. De hecho, esto es una situación tomada muy en cuenta por las inspecciones de Trabajo:
Tipo de Infracción | Motivos | Multa |
---|---|---|
Leve | No informar sobre las condiciones laborales o registros horarios. | 60 a 625 euros |
Grave | No computar las horas extras o errores en el registro. | 625 a 6.250 euros |
Muy grave | Impagos y retrasos de los pagos y el uso de menores para horas extras. | 6.251 a 187.515 euros |
Por tanto, se trata de una medida que afectará a todos los trabajadores y empresas, y que actualmente tiene incluidas en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo y que entró en vigor el 12 de mayo.
Todos los trabajadores tiene la obligación de fichar: incluido el teletrabajo
La normativa vigente dice que todos los trabajadores, incluidos los que lo hagan desde casa, tienen la obligación de fichar para el registro horario. En este sentido, las normas laborales de regulación del tiempo de trabajo se aplican también para el teletrabajo (entrada, salida y horas extras). Así se da cumplimiento a la obligación de registro horario de los trabajadores, al que todos están sujetos.
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