El horario de trabajo es algo que influye directamente en la vida de un trabajador, ya que su adaptación es sinónimo de realizar y organizar sus necesidades diarias y así estar tranquilo respecto a otras actividades fuera de la empresa. De esta forma se mantiene un equilibrio entre la vida laboral y familiar que es vital para los empleados. Esto hace que, en muchas ocasiones, los trabajadores se pregunten, si es posible solicitar a la empresa un cambio de turno u horario para poder cuadrarse su rutina de una forma tranquila y llevar una vida con menos estrés tanto en el trabajo como fuera de él.
Con el Real Decreto-ley 5/2023, se llevaron a cabo mejoras tales como la aprobación de permiso parental o el de fuerza mayor. También se incluye en estas medidas la posibilidad de solicitar adaptaciones o reducciones de jornada a un mayor número de personas. Por tanto, se permite realizar cambios de turnos y modalidades de trabajo o el trabajar menos horas, dentro del horario habitual. Por tanto, actualmente son derechos que los trabajadores tienen y que pueden solicitar a la empresa cuando se necesite. No obstante, no es un derecho que se pida así porque sí, ya que deben de cumplirse unas condiciones necesarias para que se puedan beneficiar de estos cambios horarios.
Las empresas no pueden negarse a cambiar el turno de un trabajador mientras se cumplan con unas necesidades
Con estas medidas, se aumentó el número de beneficiarios que pueden solicitar dichos cambios, que antes solo era posible para padres con hijos menores de 12 años. Ahora lo pueden pedir también aquellos que necesiten cuidar de los mismos y de familiares hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad. Estos colectivos familiares, antes mencionados, incluyen padres, hijos, suegros, cónyuges, hermanos, abuelos, nietos, cuñados y abuelos y nietos del cónyuge. Ahora bien, para optar a estos derechos, es vital que se acredite la necesidad real del cuidado a la hora de presentar la solicitud. En dicho papel, se tiene que justificar los detalles de la dificultad de conciliar la vida laboral con las responsabilidades familiares. En este sentido, la adaptación debe ser razonable y proporcionada, y teniendo en cuenta las necesidades del trabajador y de la empresa.
Cómo se realiza la solicitud del cambio de turno
Aquellos trabajadores que quieran solicitar un cambio de turno, horario o teletrabajo, deben de hacer un proceso de negociación, donde habrá de completarse en un tiempo máximo de 15 días, según el Estatuto de los Trabajadores. En caso de que la empresa no responda en el plazo estimado, se dará por concedido el derecho. Si la empresa deniega alguno de estos cambios, solo se podrá ejecutar siempre que se dé una alternativa que cumpla con las necesidades de la conciliación o que justifique adecuadamente las causas objetivas.
Si te ha quedado claro el tema de los cambios de turno y horario con esta noticia, no dudes en seguir al tanto sobre más publicaciones de trámites, visitando la sección de nuestro periódico digital de la Comunidad de Madrid.