La importancia del Art. 46.2 del Estatuto de los Trabajadores para solicitar una excedencia laboral de hasta 5 años

Fecha de publicación: 18 de junio de 2024 a las 20:29
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Solicitar excedencia laboral voluntaria

La excedencia laboral es una aquella situación que ocurre cuando una persona trabajadora suspende temporalmente el contrato, es decir, la relación laboral con la empresa. En este sentido, la compañía sigue con el vínculo hacia su empleado/a, manteniendo el puesto de trabajo, aunque la persona no esté obligada a ejercer sus servicios por un periodo de entre 4 meses y 5 años. Por tanto, con esta excedencia, ni se trabaja para la empresa, ni tampoco se cobra salario, pero se podrá volver cuando pase un plazo determinado, guardando nuestro lugar en la empresa, pero quizás no el mismo puesto de trabajo.

Qué es una excedencia laboral: tipos y duración

Cuando hablamos de la excedencia laboral, hay que tener en cuenta que se trata de un derecho que tienen los trabajadores, y que no tiene que ser justificada. Cabe destacar, que el trabajador puede volver a su puesto de trabajo o no, en función de las causas que hicieron suspender el contrato laboral. Según la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se pueden observar varios tipos de excedencias, tales como, voluntaria, forzosa, pactada y por cuidado de menores. Concretamente, el artículo 46.2 de dicha Ley, habla sobre el tipo de excedencia voluntaria, que dice: 

“El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria”.

Cómo solicitar legalmente la excedencia laboral ¿Es seguro volver al mismo puesto de trabajo?

Esta excedencia voluntaria es una decisión propia donde se pide suspender el contrato de trabajo de forma temporal. Como bien indica, la ley puede ir desde los 4 meses hasta los 5 años, pero tiene que quedar claro, que no asegura la vuelta al mismo puesto de trabajo. Por tanto, podrás incorporarte cuando exista un cargo similar o si no se asignará uno distinto. 

Hay que tener en cuenta que para solicitar una excedencia voluntaria de forma legal, es necesario llevar al menos 1 año en la empresa y saber que no se podrá pedir una, hasta que hayan pasado 4 años desde la última, en casa. Bien, para pedir la excedencia a la empresa, sigue estas indicaciones:

  • Entregar una solicitud a la empresa, avisando con un mes de antelación para su evaluación y organización.
  • Desde la empresa se dará respuesta, siendo como norma general un “sí” aunque puede negarla, en caso de vulnerar algún derecho.
  • Iniciar el periodo de excedencia.
  • Avisar a la empresa sobre la fecha final de la excedencia para reincorporarse. 
  • Reincorporación.

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