Ya es oficial: los trabajadores que cobren menos de 1.350 euros podrán compatibilizar el paro con un sueldo. Con la aprobación de la reforma del subsidio por desempleo del Gobierno con el apoyo de los sindicatos, se da un paso más en la mejora de estas prestaciones. Una de las medidas incluidas en el plan, se encuentra la del Complemento de Apoyo al Empleo, una iniciativa que permite la compatibilidad tanto del subsidio de desempleo como de la prestación ordinaria con la incorporación laboral.
¿Qué personas podrán cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo?
Según afirma el SEPE en su Sede electrónica, la reforma del subsidio por desempleo entrará en vigor el 1 de noviembre. De esta forma, los derechos reconocidos antes de la fecha citada se mantienen con la misma normativa anterior hasta su extinción. Entre las novedades de la nueva normativa, destacamos las siguientes:
- Se garantizan los mismos derechos para las personas trabajadoras a tiempo parcial.
- Se aumenta la cobertura a las personas menores de 45 años sin cargas familiares.
- Las víctimas de violencia sexual y de género podrán acogerse a un nuevo subsidio a partir de los 16 años.
- Se elimina el mes de espera.
- El proceso administrativo será más ágil.
- Será posible percibir un Complemento de Apoyo al Empleo hasta un máximo de 180 días para incentivar la incorporación laboral.
Esta última es una de las medidas con más éxito entre los ciudadanos, ya que contempla la posibilidad de compatibilizar el empleo con el cobro del subsidio por desempleo o con el paro. En este contexto, la duración máxima del subsidio seguirá siendo de 30 meses y la compatibilidad con un salario será por un máximo de 180 días tras agotar un año de subsidio. Los trabajadores que podrán beneficiarse del Complemento de Apoyo al Empleo, son aquellos que no superen un salario de 1.350 euros al mes (225% del IPREM). Además, se deberán de cumplir los demás requisitos especificados en la ley.
Cuándo se podrá solicitar el Complemento de Apoyo al Empleo
En el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se aprueba la reforma del subsidio por desempleo, señala que el Complemento de Apoyo al Empleo “será aplicable a las prestaciones reconocidas a partir de 1 de abril de 2025”. Es decir, se podrá cobrar el paro y un sueldo al mismo tiempo desde la citada fecha.
Consulta las prestaciones a las que tienes derecho en nuestro apartado de ayudas en la Comunidad de Madrid. En esta sección te informamos sobre los tipos de subsidios disponibles, requisitos y pasos para solicitarlos.