A finales de 2021 se aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación asistencial dirigida a las personas en riesgo de exclusión social y con bajos recursos económicos. La ayuda, que es gestionada por la Seguridad Social, pueden solicitarla tanto las personas que vivan solas como uno de los miembros de una unidad de convivencia. Sin embargo, en este último caso solo puede solicitarlo una persona de manera individual. No obstante, hay algunas excepciones donde sí que es posible cobrar el IMV dos personas que viven en la misma casa.
Casos en los que la Seguridad Social permite que dos personas que viven en la misma casa cobren el IMV
En primer lugar, tenemos que tener claro que como unidad de convivencia se entiende todas las personas que conviven en un mismo lugar y tenga un vínculo familiar. En este contexto, a cuantía a percibir depende en gran medida del número de miembros que componen dicha unidad de convivencia. Es por ello, que el texto legal de la Seguridad Social advierte que no es posible que dos personas que conviven en una misma casa reciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Pero como toda regla, hay excepciones, según las cuales se permite a dos personas cobrar el Ingreso Mínimo Vital de forma individual en el mismo domicilio
- Mujer, víctima de violencia de género, haya abandonado su domicilio familiar habitual, acompañada o no de sus hijos.
- Por desahucio o por haber quedado inhabitable por causas de accidente o fuerza mayor.
- Por el inicio de los trámites de separación, nulidad o divorcio, o de haberse instado la disolución de la pareja de hecho formalmente constituida, una persona haya abandonado su domicilio familiar común acompañada o no de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Hay que matizar que en los 2 últimos casos el organismo aclara que solo se tendrá en cuenta como unidad independiente durante los tres años siguientes a la fecha en la que se hubiesen producido los hechos.
Duración y cuantías del Ingreso Mínimo Vital
La duración del Ingreso Mínimo Vital no tiene un límite de tiempo estipulado, ya que se podrá cobrar de manera indefinida siempre y cuando se sigan cumpliendo los requisitos que dieron lugar a su aprobación. Por otra parte, para este año 2024 las pensiones no contributivas y el IMV se revalorizan un 6,9 %, estableciendo la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual en 7.250,6 euros al año, es decir, 604,21 € al mes.
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