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Inicio » Actualidad » Absolución de Rafael Amargo en Caso de Tráfico de Drogas

Absolución de Rafael Amargo en Caso de Tráfico de Drogas

Por Madridinforma
14 de mayo de 2024 a las 14:37
en Actualidad
Tiempo de lectura: 3 minutos
Caso Rafael Amargo

Absolución de Rafael Amargo en Caso de Tráfico de Drogas

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Rafael Amargo ha sido absuelto de tráfico de drogas en su piso de Malasaña tras anularse las escuchas. La Audiencia Provincial de Madrid absolvió al bailarín de un delito contra la salud pública que le imputaba la Fiscalía de Madrid en relación con la venta de drogas en su antiguo piso del barrio capitalino de Malasaña. Esta decisión se tomó después de que las interceptaciones telefónicas fueran declaradas nulas y sin efecto.

Los jueces también absolvieron al ex productor de Amargo, Eduardo de Santos, y a otro individuo que fueron juzgados por los mismos cargos. Amargo se encuentra en libertad provisional desde el 12 de abril, cuando concluyó el juicio. Esta medida se tomó a petición de la Fiscalía de Madrid para garantizar que el juicio pudiera continuar después de que infringiera los requisitos de firma del tribunal.

Justicia cuestiona los fundamentos de las escuchas

La absolución se produjo después de que el Juzgado determinara que no se cumplían los requisitos legales para autorizar las interceptaciones telefónicas, lo que provocó la anulación de las escuchas solicitadas por la Policía y aprobadas por el Juez de Instrucción. Los jueces determinaron que la base objetiva de la solicitud de escuchas telefónicas era insuficiente para justificar la intrusión en las comunicaciones de los sospechosos.

Este tema fue planteado por la defensa, incluido el abogado Marcos García Montes, al inicio del juicio, y el Tribunal lo consideró relevante. En una explicación detallada, el Tribunal concluyó que la orden inicial de interceptaciones telefónicas, de fecha 1 de julio de 2020, se basó en una investigación sobre un grupo criminal. En general, la decisión del Tribunal resalta la importancia de respetar los estándares legales al autorizar medidas de vigilancia tecnológica.

Anulación de escuchas conduce a la absolución

Las intervenciones telefónicas y el testimonio de los investigadores de la Policía Nacional eran la principal prueba de cargo que tenía la fiscal para sustentar su acusación. Los abogados del bailaor intentaron impugnar estas escuchas. De esta forma, los investigadores y la Fiscalía de Madrid sostenían que Rafael Amargo y Eduardo realizaban “compras conjuntas” destinadas a financiar la obra de ‘Yerma’, extremo que niegan los acusados al necesitarse como mínimo 100.000 euros.

En su informe, la fiscal manifestó que el trasiego de personas en el piso de Rafael, el segundo derecha del número 4 de la calle La Palma, en la época de los hechos investigados, estaba acreditado por el testimonio de los agentes de la Policía Nacional.

La representante del Ministerio Fiscal mencionó las escuchas intervenidas entre agosto y noviembre de 2020 en las que se hablaba de cantidades de droga que sobrepasan el autoconsumo. Además, las anteriores determinan la notoria importancia -penado de entre 6 a 9 años de cárcel – citando una conversación en la que una persona le pide unas 500 pastillas y otra en la que Rafael afirma que quiere un kilo de metanfetamina.

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