El organismo autónomo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el SEPE, tiene actualizadas 5 ayudas a las que pueden acceder las personas que han agotado el paro y que no han encontrado empleo. Para acceder a cada una de ellas hay que reunir unos ciertos requisitos y la cuantía puede llegar hasta los 500 euros. Eso sí, todas tienen en común no superar el 75% del SMI.
Ayuda por cargas familiares
Para acceder a la ayuda por cargas familiares del SEPE hay que haber agotado el paro, tener hijos menores de edad o con discapacidad igual o superior al 65 %. Además, también es necesario suscribir el compromiso de actividad. La duración de esta prestación dependerá de varios factores como la edad y el tiempo que se estuvo cobrando el paro:
- Menor de 45 años con un paro de 4 meses: la ayuda tendrá una duración de 18 meses; y si el paro ha durado más, se puede llegar hasta 24 meses.
- Mayor de 45 años con un paro de más de 4 meses: la duración es de hasta 24 meses.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es otra de las ayudas del SEPE que puedes solicitar si has agotado el paro. El mismo tiene una particularidad, y es que se puede cobrar de manera indefinida, hasta llegar a la edad de jubilación y es el único que cotiza a la Seguridad Social. La base de cotización será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento. En este sentido, para otorgar esta ayuda se tendrán en cuenta solamente las rentas de la persona que lo solicita y no la de la unidad familiar. La cuantía asciende hasta 480 euros mensuales.
Subsidio para mayores de 45 años
Para tener derecho al subsidio para mayores de 45 años es necesario, además de la edad y haber agotado el paro, no tener cargas familiares. También es imperativo carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. La cuantía de esta ayuda del SEPE es de 480 euros mensuales y se podrá cobrar durante 6 meses sin posibilidad de prórroga.
Renta Activa de Inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción (RAI) es una prestación de carácter no contributivo destinada a desempleados/as que no perciben otras ayudas. El SEPE concederá esta ayuda a las personas menores de 65 años que no hayan sido beneficiarios/as de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores. Además, no pueden superar los límites de renta citados en los subsidios anteriores. La duración es de 33 meses, es decir, casi 3 años.
Subsidio extraordinario
Sellamos la noticia con el subsidio extraordinario por desempleo, una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para las personas que han agotado todas las prestaciones anteriores, incluida la RAI. Para beneficiarte de este subsidio, es necesario que reúnas los requisitos para ser parado/a de larga duración. La duración es de 6 meses, y solo se podrá solicitar una vez.
Aspectos generales
Todas estas ayudas son gestionadas y otorgadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para solicitarlas, el organismo habilita distintas vías, para que cada persona escoja la que más le interese:
- Por internet con y sin certificado a través de la Sede electrónica del SEPE.
- De manera presencial, pidiendo cita previa.
Por último, no olvides que es obligatorio incluir estas ayudas del SEPE en la declaración de la renta, ya que tributan como rendimientos íntegros de trabajo. No obstante, te librarás si han ingresado menos de 22.000 euros (un solo pagador) o 15.876 euros (dos o más pagadores), que es la cantidad actual en 2024.
Infórmate de más ayudas en Madrid de las que beneficiarte por medio de nuestra sección de noticias de prestaciones, donde te facilitamos las ayudas actualizadas para cada año y los pasos a seguir para solicitarlas.