El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) trae buenas noticias para las personas desempleadas de España que tenga entre 30 y 55 años, y que hayan agotado el paro. Se tratan de 5 ayudas con las que, en algunos casos, puedes estar cobrándolas hasta un máximo de 33 meses. Ahora bien, para ser beneficiario de estas ayudas del SEPE, se deben cumplir una serie de requisitos, específicas de cada una de ellas, como puede ser no tener rentas por encima del 75% del SMI. La cuantía que se va a cobrar, es de un importe de casi 6.000 euros anuales repartidos en 12 pagas.
Subsidio para mayores de 45 años
Esta ayuda del SEPE, está dirigida a personas que no tengan cargas familiares y tendrá una duración máxima de 6 meses, donde no existe posibilidad de prórroga. Además, como su propio nombre indica, otro de los requisitos es propia edad. Se tiene que suscribir el acuerdo de actividad como en la mayoría de las prestaciones de este organismo.
Subsidio para mayores de 52 años
Todas las personas mayores de 52 años que se hayan quedado sin paro o subsidio, y carecen de ingresos superiores al 75% del SMI, pueden solicitar esta prestación del SEPE. Para este subsidio, al igual que en casi todos los demás, hay que suscribir el acuerdo de actividad. Además, es necesario que se haya cotizado al desempleo al menos entre 90 y 359 días.
Ayuda familia
Una vez hayas terminado y agotado la prestación contributiva del SEPE (paro), si tienes hijos/as menores o mayores con discapacidad igual o superior al 65%, puedes solicitar esta ayuda. Para ello, hay que suscribir el compromiso de actividad. Además, la duración de la misma, dependerá del tiempo de paro (4 o más meses) y la edad del solicitante (menos o más de 45 años). En este sentido, puede tener un periodo de entre 18 y 30 meses.
Renta Activa de Inserción (RAI)
En el caso de haber agotado todas las ayudas y siempre y cuando la edad no supere de los 65 años, se puede tener derecho a esta ayuda, la cual tiene una duración de 11 meses, y se puede pedir hasta en 3 ocasiones, es decir, un total de 33 meses.
SED (Subsidio Extraordinario por Desempleo)
Cuando ya no queden más opciones (subsidos del SEPE) para cobrar alguna de las ayudas anteriores, y mientras se cumplan con los requisitos, como es el cese involuntario en el trabajo o no haber cobrado el SED o el PAE, anteriormente, es posible cobrar este subsidio de 6 meses de duración. Este subsidio no es prorrogable.
Si deseas conocer otras noticias sobre prestaciones, puedes ver nuestras publicaciones de artículos relacionados con más ayudas. Este apartado lo puedes encontrar en nuestra web informativa de la Comunidad de Madrid.