Según el Estatuto de Trabajadores, no se contemplan de manera específica dichos derechos remunerados para las parejas de hecho inscritos en el registro. Por tanto, tener o no derecho a estos beneficios, estaba más bien regulado por las leyes autonómicas y lo que se estipula en el convenio colectivo. Actualmente, desde que se aprobó la Ley de Familias a finales del mes de marzo, las parejas de hecho han visto una igualdad mayor en los permisos retribuidos. Ahora bien, tanto matrimonios como este tipo de parejas siempre han estado con distintos derechos con responsabilidades que se daban la mano. Aún así, si antes cuando las personas se casaban tenían un disfrute de 15 días a comenzar el día laboral siguiente a la boda, ahora ya es posible en las parejas de hecho.
Permiso retribuido en función del tipo de contrato para una pareja de hecho
Las distintas situaciones laborales que se pueden dar no influyen en estos permisos retribuidos, siendo igualmente 15 días remunerados por la unión de pareja de hecho. Por tanto, los mismos, comienzan a contar desde el día siguiente a la unión, si dicho día es laboral. En este sentido, si la boda o unión de hecho se ha celebrado un sábado, el permiso no empezará el domingo sino el lunes. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando tengo un contrato temporal o parcial? Da igual el tipo de contrato que tengas, si estás a tiempo completo o parcial, se aplica por igual dicho permiso de 15 días. Lo mismo ocurre con el tipo de contrato no importando que sea indefinido o temporal.
Todo esto se puede ver en el proyecto de Ley de Familias, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Por tanto, es importante avisar a la empresa de esta y cualquier otras fechas clave, y así no tener motivos para despedirte.
Soy autónomo: Tengo derecho a permisos remunerado
En el caso de los autónomos existe una pequeña variación en función del tipo de autónomo que sea. Así podemos observar que los profesionales por cuenta propia y con una cartera diversificada, no tienen permisos retribuidos por ser pareja de hecho o matrimonio. Por tanto, son ellos mismos quienes deciden qué días trabajar y cuáles librar.
Diferente situación ocurre con los autónomos dependientes, es decir aquellos que perciben un 75% de los ingresos de un pagador. De hecho, estos profesionales cuentan con 18 días de vacaciones hábiles al año y que son los que puede elegir el autónomo en caso de celebrar la unión con su pareja. Para ambos casos, se debe comunicar dicha unión o matrimonio de manera verbal o escrita y presentar la documentación a la vuelta del viaje de novios. Otras de los datos a tener en cuenta, es poder avisar con 15 días para que pueda cubrirse la vacante durante el permiso retribuido.
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