Desde la Seguridad Social, se ha informado un dato que afectará a todas aquellas personas que reciben una ayuda prestación pública. Realmente, se trata de una mala noticia que ha causado malas consecuencias para millones de parados en España. Concretamente, afecta a los desempleados mayores de 45 años para los que ahora existen unas nuevas condiciones para percibir dicho subsidio. La nueva modificación del SEPE se aplica al RAI, una ayuda económica a desempleados/as para favorecer la inserción laboral y que se recoge en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula dicho programa.
Quién puede recibir la ayuda de la Renta Activa de Inserción: condiciones y beneficiarios
Aquellas personas paradas de larga duración que superaban la edad de los 45 años, tenía la opción de solicitar la Renta Activa de Inserción de 480 euros. En este aspecto, tenía que haber agotado el paro y el resto de ayudas a las que podían acudir. La duración de la RAI es de 11 meses, con una prórroga de hasta 3 meses y podía percibirla otros colectivos, según el SEPE:
- Víctimas de violencia de género o doméstica.
- Personas con una discapacidad superior al 65%.
- Los emigrantes retornados a España.
Con estos nuevos cambios en las condiciones de la Renta Activa de Inserción, el SEPE quiere redistribuir correctamente las ayudas y así saber quienes las están percibiendo. De esta manera, si incumples con el nuevo reglamento, tendrás que decir adiós a esta prestación.
Olvídate del RAI si ya estás percibiendo estos subsidios
Ahora bien, con estos nuevos cambios del SEPE se afectará a la imposibilidad de cobrar la ayuda de la RAI a aquellas personas que reciban estos subsidios:
- Quienes perciban beneficios de la Seguridad Social que excedan el umbral que otorga el derecho a la Renta Activa de Inserción (RAI). Esto implica que si alguien recibe el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, establecido en 810 €, no serán elegibles para recibir dicho subsidio.
- Incurrir en una condena con una duración superior a seis meses también implica la suspensión de la RAI, ya que resulta incompatible con la búsqueda activa de empleo.
No obstante, aunque se pierda el RAI de forma definitiva, existe una forma para volver a disfrutar de esta prestación del SEPE. La cosa consiste en trabajar y quedar desempleado, agotar el paro y subsidios correspondientes y acreditar los requisitos para tener derecho a la Renta Activa de Inserción (RAI).
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