En nuestro país existen millones de personas que son pensionistas y que cobran la misma de manera mensual a través de la Seguridad Social. En este sentido, las pensiones pueden ser muy variadas según la causa por la que se está cobrando. Dentro de todas los tipos de pensiones que el Estado pone a disposición de los ciudadanos trabajadores, existe una para aquellos que han sufrido una lesión, enfermedad o accidente que anulan o limitan la capacidad normal de las funciones. Es lo que se conoce como pensión de incapacidad permanente, la cual cubre la pérdida de ingresos. Pues bien, vamos a explicar cómo se puede incrementar la prestación del 55% hasta el 75% con unos simples pasos.
Esta es la ayuda en función de la base reguladora y porcentaje de la pensión por incapacidad permanente
Cuando nos referimos a la pensión de incapacidad permanente, podemos observar distintas ayudas según la base reguladora y el porcentaje de discapacidad. Pues bien, respecto a la incapacidad permanente total, la base reguladora se sitúa en el 55%, siendo esta la que se puede aumentar hasta el 75%. Pero, quienes pueden incrementar este porcentaje son las personas mayores de 55 años que encuentren dificultades para conseguir un empleo en una actividad distinta a la habitual. Además, es importante saber que la Seguridad Social hará efectiva dicho aumento siempre y cuando el interesado lo solicite oficialmente. Por tanto, no se realiza de forma automática.
Quiero solicitar el aumento al 75%
Si estás dentro del colectivo que ya hemos indicado antes, es decir estás cobrando la pensión de incapacidad permanente y tienes más de 55 años, puedes solicitar dicho aumento del 75%. Luego, tan solo debes seguir los pasos que te detallamos a continuación:
- Acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social para registrarte y completar una solicitud formal.
- Luego debes rellenar el formulario de acceso donde indiques la mayor información posible.
- Después, vas a recibir un “acuse de recibo” en un documento PDF.
- Para finalizar, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) enviará al domicilio el resultado de la solicitud.
Para finalizar, tienes la posibilidad de consultar otras noticias sobre trámites en la Comunidad de Madrid accediendo directamente a dicho apartado. De esta manera vas a poder conocer como realizar gestiones de manera sencilla y útil.