Cuando los trabajadores por alguna causa como enfermedades o accidentes ven reducida o anulada la capacidad laboral, pueden acogerse a una pensión por incapacidad permanente. La misma, es una prestación económica de la Seguridad Social que se concede a dichos empleados con el fin de cubrir la pérdida de sus ingresos. No obstante, estas ayudas la pueden solicitar todas las personas que se encuentren en cualquier régimen de la Seguridad Social. Para ello, es importante que reúnan los requisitos para cada tipo de grado de discapacidad.
Qué causas son las que dictaminan una incapacidad absoluta
La Seguridad Social resalta 4 tipos de pensión por incapacidad permanente. En primer lugar, la parcial, con una disminución mayor del 33%. En segundo lugar, la total, con la cual no se puede realizar las tareas propias pero sí otros oficios. Tercera, de gran invalidez, cuando se necesita de otra persona para llevar a cabo las tareas esenciales o la absoluta, que incapacita para cualquier trabajo.
Existe una lista de enfermedades con la que obtener una pensión por incapacidad permanente de la Seguridad Social que no para de crecer según van surgiendo nuevas resoluciones judiciales. Así, entre todas las enfermedades ya existentes, actualmente se ha concedido una nueva, gracias al TSJC (Tribunal Superior de Justicia de Cataluña): incapacidad permanente absoluta por hipersomnia. Una enfermedad que según el juzgado no deja realizar un trabajo normal por la facilidad para dormir durante todo el día.
Así ha sido el cambio de la pensión total a la absoluta
Pues bien, en este ejemplo que hemos indicado anteriormente y tras la valoración del Equipo de Valoraciones de Incapacidades (EVI), se cambió de una pensión total a una por incapacidad permanente absoluta. Además, en este sentido, el trabajador cobrará el 100% de la base reguladora a través de una pensión mensual que en 2023 es algo más de 3.000 euros tras la revalorización de las pensiones.
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