La Agencia Tributaria ya está en pleno proceso de la campaña de la declaración de la Renta 2022-2023 desde el día 11 de abril. Esta es la fecha en la que ya se pueden hacer los borradores y donde puedes incluir los gastos de este ejercicio fiscal 2022 para ahorrarte algo en la declaración. Ahora bien, los millones de contribuyentes que tienen que hacer la Renta este año, se preguntan si los subsidios deben ser declarados en la misma, y la respuesta es que sí. La explicación es que cualquier subsidio se considera como rendimiento de trabajo es obligatorio declararlo ya que tributan por el IRPF. Así lo establece el artículo 17 de la Ley del IRPF. En esta noticia vamos a facilitarte aquellas prestaciones que deben incluirse en la ya comenzada campaña de la Renta.
¿Cuáles son las prestaciones o subsidios por desempleo que deben incluirse en la declaración 2022-2023?
Según la normativa de la Agencia Tributaria se indica que “Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas”. Por tanto deben de declararse las siguientes subsidios en la declaración de la Renta 2022-23:
- Subsidio por desempleo o mini paro.
- Prestación por desempleo o paro.
- Ayuda familiar o subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con cargas familiares.
- Subsidio para mayores de 45 años.
- Subsidio para mayores de 52 años.
- Ayuda para personas emigrantes retornadas.
- Subsidio para liberados de prisión.
- Subsidio por incapacidad.
Cabe destacar que si la persona que cobra el paro se capitaliza, estará exento de realizar la declaración de la Renta. Esto significa que recibe un pago único destinado al capital social de una entidad mercantil donde se vaya a tener el control de la misma.
Si cumplo estos requisitos estoy obligado la Renta
Indiferentemente de que tenga que meter los subsidios antes indicados en la declaración, no quiere decir que obligatoriamente tenga que presentar la Renta 2022-23. Por tanto, solo están en la necesidad de realizar la declaración aquellas personas que perciban más de 22.000€ cuando solo se tiene un pagador. En caso de 2 o más pagadores, el límite baja a los 15.000€ al año, siempre y cuando el segundo supere los 1.500€ anuales.
Si esta noticia te ha parecido interesante y de ayuda para hacer la declaración de la Renta si estás recibiendo algún subsidio, no dudes en consultar más trámites en la Comunidad de Madrid que puede servir a tus intereses.