La nueva doctrina limita la fijeza a quienes aprobaron un proceso selectivo para personal fijo, no consiguieron plaza y después sufrieron abuso de temporalidad. Para el resto, la vía principal pasa por una indemnización y posibles sanciones a la Administración.
El Tribunal Supremo ha fijado criterio sobre cuándo un trabajador temporal de la Administración puede pasar a ser fijo tras años de contratos encadenados. La sentencia afecta al personal laboral temporal del sector público y descarta que el mero paso del tiempo permita obtener automáticamente una plaza fija sin haber superado antes un proceso selectivo ajustado a igualdad, mérito y capacidad.
Los interinos laborales que podrán ser fijos tras la sentencia del Tribunal Supremo
La fijeza solo podrá reconocerse en un supuesto concreto: cuando el trabajador haya participado en una prueba selectiva para personal laboral fijo, la haya superado, pero no obtuviera plaza porque había más aspirantes aprobados que vacantes disponibles. Si después encadenó contratos temporales y se acredita abuso de temporalidad, el Supremo entiende que sí puede convertirse en fijo.
Este criterio se aplicó al caso analizado por la Sala Social, en el que una trabajadora había aprobado un proceso selectivo, no logró plaza y posteriormente mantuvo una relación temporal abusiva con la Administración. El tribunal concluyó que su relación debía declararse fija.
La sentencia no abre, por tanto, una puerta general a todos los interinos o temporales del sector público. La diferencia está en haber superado una prueba de acceso a empleo público fijo, no solo en haber trabajado durante muchos años para una Administración.
Por qué no basta con encadenar contratos temporales durante años en la Administración
El Supremo rechaza que cualquier trabajador temporal pueda convertirse en fijo solo por haber acumulado contratos durante un periodo prolongado. El tribunal sostiene que hacerlo sin un proceso selectivo previo vulneraría la Constitución y el Estatuto Básico del Empleado Público, al impedir que otros ciudadanos accedan en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.
La decisión llega después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto Obadal, que cuestionó varias respuestas usadas en España frente al abuso de temporalidad en el sector público, entre ellas la figura del indefinido no fijo, las indemnizaciones tasadas y determinados procesos selectivos abiertos.
El tribunal europeo señaló que esas medidas no parecían suficientes para sancionar de forma adecuada el abuso ni eliminar sus consecuencias. Aun así, dejó en manos del Supremo la aplicación concreta del Derecho interno.
Indemnizaciones y sanciones cuando existe abuso de temporalidad en el empleo público
Que un trabajador no pueda ser declarado fijo no significa que la Administración quede sin consecuencias. El Supremo apunta a una reparación económica calculada conforme a los criterios del TJUE y a la remisión del testimonio de la sentencia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para iniciar el procedimiento sancionador correspondiente.
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