¿Tienes el carnet B? Como puedes saber, en España existen gran cantidad de permisos de conducir, según el vehículo que queramos coger. No es lo mismo llevar una moto que un autobús o camión, ya que para cada uno se requiere unas habilidades y conocimientos diferentes. Por ello, para poder conseguir el carnet de conducir en cada especialidad, se tendrá que superar un examen teórico, otro práctico y en algunos casos, pasar una prueba de maniobras en una pista cerrada. No obstante, ahora desde la DGT (Dirección General de Tráfico) se ponen en marcha las medidas que desde Europa se han llevado a cabo para coger vehículos más pesados. Por tanto, ahora con el carnet B de conducir, se amplía el número de vehículos que se pueden llevar con este permiso.
La DGT pone en práctica la ampliación de la Comisión Europea para coger más vehículos con el carnet B y fomentar los coches eléctricos
En España, puede haber en torno a unos 10 tipos de permiso de conducir vehículos, donde los más conocidos son el A, B y C. Con el carnet B que es el más común de todos, hasta ahora era posible conducir con turismos, todoterrenos, furgonetas ligeras y motocicletas de hasta 125 cc. Esta última ahora requiere de una prueba, por motivos de seguridad, puesto que solo con el carnet B de coches, coger una moto sin tener habilidades y conocimientos, era peligroso.
Con los nuevos cambios que fomenta la Comisión Europea, para estandarizar las normas de tráfico en la UE, y que ha aprobado el Parlamento Europeo. Por ello, ahora con el carnet B de conducir, se permite coger más tipos de vehículos, que tiene una MMA mayor. Ahora bien, para conducir con aquellos de más de 3.500 kg, se debe tener al menos dos años de carnet. Todos estos cambios del Parlamento Europeo con intención de comercializar los vehículos eléctricos, que por sus baterías, pesan más que los convencionales.
Qué vehículos se pueden coger ahora tras los nuevos cambios del Parlamento Europeo
Ahora, con los nuevos cambios y modificaciones antes mencionados, la DGT (Dirección Genera de Tráfico) va a permitir a las personas con carnet B, llevar los siguientes tipos de vehículos:
- Furgonetas y vehículos de reparto livianos de combustión y sin que superen los 3.500 kg de MMA.
- Furgonetas y vehículos de reparto eléctricos que no pasen de los 4.250 kg.
- Ciclomotores, triciclos y cuatriciclos de motor.
- Motocicletas de hasta 125 cc (antes hay que aprobar un curso de capacitación y tres años de antigüedad con en carnet B).
- Autocaravanas que no superen los 4.250 kg de MMA.
- Vehículos especiales, agrícolas y no, que no pasen de los 40 km/h.
- Turismos y todoterrenos de hasta 9 plazas, sin superar los 4.250 kg de MMA.
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