El SEPE ofrece un subsidio de 480 euros a aquellos desempleados mayores de 52 años, conocido como tal. De hecho, esta prestación se puede cobrar cuando la persona que lo percibe se jubile y puede compatibilizarse con un trabajo a jornada parcial o completa, basándose en unas condiciones. No obstante, es posible que también se puedan cobrar a la vez otras ayudas públicas del SEPE y así aumentar los ingresos siempre y cuando se cumplan con los requisitos de cada una. De esta manera se compensa la dificultad de poder encontrar un puesto de trabajo y las situaciones de vulnerabilidad en la que se encuentran.
El Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción: Requisitos para poder cobrarlas junto con el subsidio para mayores de 52 años
Como mencionamos al inicio, existen concretamente 2 ayudas que pueden cobrarse mientras percibo el subsidio para mayores de 52 años. Estas son, el Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción. Pues bien, antes de continuar hacemos un recordatorio del perfil para solicitar esta prestación del SEPE para estas personas. El subsidio para mayores de 52 años es una prestación del SEPE en la que se necesita tener dicha edad o por encima. Además, es necesario cumplir otros requisitos tales como:
- Estar desempleado.
- Tener la edad de 52 años o más a la fecha de solicitud y encontrarse en alguna de las situaciones que se precisan.
- Estar inscrito/a como demandante de empleo al menos un mes desde que terminó la prestación por desempleo.
- Haber cumplido el compromiso de actividad.
- No tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Cotizar 15 años, 2 de los cuales sean en los últimos 15.
- Cotizar un mínimo de 6 años por desempleo.
Ingreso Mínimo Vital
El IMV, que en este año 2023 va desde los 565€ para una sola persona hasta los 1.198€ si la unidad familiar consta de:
- Un adulto y cuatro menores.
- Dos adultos y tres o más menores.
- Tres adultos y dos o más menores.
- 4 adultos y un menor.
Para todos estos casos, se tomarán en cuenta los ingresos de todos los integrantes de la unidad familiar para poder percibir el IMV. Ahora bien, según la página del SEPE, se indica que para cobrar ambas ayudas, solo existen 3 perfiles: Personas que vivan solas, un adulto y un menor a cargo y dos adultos sin menores a cargo. Por tanto, se debe cumplir con los requisitos antes mencionados del IMV y con los de subsidio de 480 euros (mayores de 52 años) para percibir ambas. Aparte cabe recordar, que las ayudas del Ingreso Mínimo Vital hay que declararlas en la Renta y que el subsidio hay que renovarlo cada año.
Renta mínima de Inserción
También pueden percibir la ayuda de la Renta Mínima de Inserción si las personas que cobren el subsidio para mayores de 52 años cumplen con los requisitos de cada comunidad autónoma. Esto es debido a que la RMI, que son los distintos programas que se gestionan a nivel autonómico y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para personas y familias que no tienen recursos económicos. Por ello, una persona de la Comunidad de Madrid que viva sola, percibe 469,93€ al mes hasta los 965€ si son tres los convivientes. El poder recibirla o no dependerá de los ingresos del solicitante y de cumplir los requisitos asociados a cada caso.
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