¿Fuiste beneficiario de la primera ayuda de 200 euros del Gobierno? Recordar que esta prestación se lanzó con el objetivo de afrontar las consecuencias de económicas y la guerra de Ucrania. De esta forma, se pretendía aliviar la situación de familias vulnerables con un nivel bajo de ingresos. Pues bien, recalcar que esta ayuda aprobada por el Gobierno en junio de 2022, es distinta al cheque de 200 euros de este año. De hecho, se trata de la primera prestación que el ejecutivo lanzó para personas con ingresos inferiores a los 14.000 euros anuales. Pues bien, el PSOE ha aprovechado la situación del proyecto de ley del Senado en el ámbito fiscal para que se devuelva la ayuda de 200 euros en la declaración de la Renta.
El PSOE aprovecha el proyecto de ley del Senado para que se devuelva la ayuda de 200 euros
Lo que pretende el PSOE es que aquellas personas que fueron beneficiarias de la ayuda de 200€, prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, devuelvan dicha cantidad si no cumplían los requisitos. De hecho, en la nueva enmienda número 16 del Grupo Parlamentario Socialista (GPS), se puede ver indicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales:
“En aquellos casos en los que se aprecie que no concurran las circunstancias y requisitos necesarios para la percepción de esta ayuda, únicamente procederá el reintegro cuando el perceptor deba presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023…”
No obstante, no te preocupes por la declaración de la Renta de este año 2022-2023, dado que la devolución no afecta a la misma. Por ello, se deberá contemplar dicho pago para la próxima campaña del año 2024.
Qué requisitos se debían cumplir para ser beneficiario de la primera ayuda
En esta primera ayuda de 200 euros de la Agencia Tributaria no se especificó nada respecto al incumplimiento de los requisitos. En su contra, sí que indicó para el mismo cheque de este año. Por tanto, como recordatorio de los mismo, las personas que podían solicitar esta prestación tenían que cumplir con estos requisitos:
- Ser residente legal en España.
- Ejercer una actividad por cuenta propia o ajena y dado de alta.
- Inscrito como demandante de empleo.
- Renta inferior a 14.000€ y patrimonio que no supere los 43.196,40€ (sin contar la vivienda habitual).
- No percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), pensión o análoga (RETA).
Por tanto, si eres de las personas que solicitaste y recibiste la ayuda 200 euros sin estos requisitos, toca devolverlo en la Renta 2023. Así mismo, dicha cantidad a devolver no tendrá interés de demora hasta su plazo final que se indicará en la orden ministerial correspondiente.