Son muchos los jubilados de nuestro país que ahora pueden pedir parte de su pensión a Hacienda, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo. La cuantía de la misma asciende a unos 650 euros por ejercicio fiscal e irá en beneficio de las personas que comenzaron su vida laboral antes de 1979. Esto se suma a la posibilidad de recibir el complemento a mínimos a los que tienen acceso ciertos pensionistas. Por ello, Hacienda espera ahora una gran avalancha de reclamaciones para la devolución del IRPF, dando una alegría a exprofesionales de un determinado sector que vamos a explicar en esta noticia.
Si eres una de las personas que empezaron a trabajar antes del año 79, puedes ser beneficiario de esta cantidad dictada por sentencia. Actualmente, son muchos los mayores que están cobrando la pensión y que pueden solicitar estos 650 euros de este ejercicio fiscal y de los últimos 4 años anteriores. Así lo recoge el artículo 66 de la Ley General Tributaria, que indica claramente que las deudas prescriben a los cuatro años.
Los rendimientos de trabajo ahora solo tributan al 75% en la pensión para estos jubilados
Con esta nueva modificación del TS de la sentencia, que ya fue dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, se pasa de tributar como rendimiento del trabajo un 25% menos de lo que se hacía anteriormente, con un 100%. La nueva alteración de dicha sentencia, será valorada para saber cuál es la mejor vía de realizar esta gestión. No obstante, sí que han avisado de que serán los jubilados quienes empiecen dichas solicitudes para que puedan recibir este ingreso en su pensión.
Esta lucha comenzó en Bilbao hace 4 años por los jubilados del sector financiero gracias a la Asociación de Jubilados de Banca Abancheis. Esto supuso luchar con recursos sin respuesta ante varios órganos como son:
- Agencia Tributaria
- Tribunal Económico Administrativos
- Hacienda Foral y Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
Pues bien, ha sido el Tribunal Supremo quien por fin ha dado la razón a los jubilados. El mismo, con la sentencia 255/2023 del 28 de febrero, ha concedido la opción de reducir al 75% las ayudas percibidas de Mutualidades de Previsión Social. Con dicha sentencia se afecta a todas aquellas personas que estuvieron trabajando antes de la fecha 1979 en el sector bancario y pagando un IRPF que no correspondía.
Cómo se debe hacer esta gestión para que hacer el reintegro
Para poder realizar este trámite, dichos jubilados deben hacer la presentación de esta reclamación a la Agencia Tributaria. Con este proceso, pueden recibir la devolución de la cantidad correspondiente. Por tanto, hay que solicitar el reintegro. Además, según informa Jesús Calonge, asesor fiscal, una vez percibidos dichos cobros, los contribuyentes deben modificar el borrador de la declaración de la Renta.
Este socio fundador de IBA Gabinete, además, señala que “ahora los jubilados del sector de la banca ven ahora cómo una parte de su pensión ya no va a tributar en las declaraciones del IRPF”. Si esta noticia te ha parecido interesante, sigue consultando más temas de actualidad en la Comunidad de Madrid para ponerte al día.