La Subsecretaría de Hacienda fija los precios que aplicará la FNMT para elaborar y poner a disposición licencias, certificados y tarjetas de transporte para administraciones públicas. La tarifa funciona “por millar”, baja con el volumen y es sin IVA.
La Subsecretaría de Hacienda ha aprobado las tarifas que aplicará la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) por la elaboración y puesta a disposición de licencias y copias comunitarias, certificados de transporte y tarjetas de transporte destinadas a administraciones públicas. La medida se recoge en una Resolución de 1 de diciembre de 2025, publicada en el BOE del 16 de febrero de 2026.
Cómo se calcula el precio por millar en las tarifas aprobadas por la FNMT
La resolución establece el cuadro de tarifas para varios soportes y documentos vinculados al transporte, destinados a administraciones públicas. Según el anexo, el esquema tarifario se aplica a licencias y copias comunitarias, certificados de transporte (incluyendo distintas tipologías) y tarjetas de transporte. Es decir, no se trata de un único documento, sino de un conjunto de soportes que se tramitan y gestionan en el ámbito público.
Se paga un precio “por millar” (1.000 unidades). Y, además, el coste por millar disminuye a medida que aumenta el volumen encargado. Ojo con un detalle importante para presupuestos y expedientes: el importe es “IVA no incluido”. Os dejamos un cuadro tarifario con las cifras reales:
| Volumen encargado | Tarifa por millar (sin IVA) |
|---|---|
| 1 millar | 1.857,83 € |
| 10 millares | 798,59 € |
| 26 millares | 726,16 € |
¿A quién se aplicarán estas tarifas? ¿Cómo repercutirá en la Comunidad de Madrid?
Aunque el texto es estatal, su alcance es directo para la Comunidad de Madrid porque las tarifas se aplican a la Administración General del Estado, comunidades autónomas y entidades locales, además de organismos del sector público vinculados o dependientes. Esto afecta a cualquier administración madrileña que gestione o necesite estos soportes y documentos de transporte.
La resolución fija una vigencia de cuatro años y, además, contempla la posibilidad de actualización anual de tarifas. Esto significa que el marco no es puntual, sino estable en el tiempo, aunque con la puerta abierta a revisiones cada año. También deja sin efecto el marco anterior que se indica en el propio texto, referido a una resolución previa de 2017.
El documento encuadra estas prestaciones en el régimen de encargos a medio propio de la FNMT. Es decir, una vez realizado el encargo por un poder adjudicador, la ejecución es obligatoria para la entidad y la retribución debe ajustarse a las tarifas aprobadas. Conoce otras gestiones administrativas entrando en nuestra sección de trámites.








