El nuevo SMI será de 17.094 euros brutos al año tras el acuerdo con CCOO y UGT: entrará en vigor desde esta fecha

Fecha de publicación: 16 de febrero de 2026 a las 10:38
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Subida del 3,1% del nuevo SMI hasta 1.221 euros al mes en 14 pagas

La subida beneficiará a 2,5 millones de trabajadores, elevará el SMI a 1.221 euros mensuales en 14 pagas y tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero.

La semana arranca con un cambio que puede notarse en la nómina. El Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT han acordado elevar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) un 3,1% en 2026, una subida que beneficiará a dos millones y medio de trabajadores.

Subida del SMI en 2026 del 3,1%: nuevas cuantías y mejora frente a 2025

Con el incremento pactado, el SMI queda fijado en 17.094 euros brutos al año. En términos mensuales, esto se traduce en 1.221 euros al mes si se cobra en 14 pagas. Respecto a 2025, la nueva cuantía supone 37 euros más al mes o 518 euros más al año.

La rúbrica con los secretarios generales de CCOO y UGT está prevista sobre las 11:30 horas y contará con la presencia del presidente del Gobierno. A partir de ahí, el trámite continúa hasta su aprobación y publicación oficial. El proceso queda así:

  • Lunes: firma del acuerdo entre Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, con presencia de Pedro Sánchez.
  • Martes: aprobación esperada en el Consejo de Ministros.
  • Después: publicación en el Boletín Oficial del Estado, momento a partir del cual se aplica formalmente.
  • Mientras tanto: las empresas tienen margen para adecuar las nóminas hasta que la subida aparezca en el BOE.

¿Y cuándo se verá reflejado? Dependerá de la publicación y de la regularización en cada empresa. La subida del SMI se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año. Ojo, porque esto significa que el nuevo importe cuenta desde esa fecha, aunque la aprobación y la publicación lleguen más tarde.

Además, se indica que las empresas tendrán margen para adaptar sus nóminas hasta que la subida esté publicada.

Dos reales decretos y cambios en absorción y compensación de pluses

El acuerdo se cerró a finales de enero entre Trabajo y los sindicatos, sin respaldo empresarial por sexto año consecutivo. Se prevén dos normas: un Real Decreto con la subida del SMI y un segundo Real Decreto para reformar las reglas de absorción y compensación.

El objetivo es que el aumento no se diluya alterando los pluses que pueden cobrar los trabajadores. Esta reforma se haría en otra norma, ligada a la transposición a la normativa española de la directiva europea de salarios mínimos. Separarlo en dos reales decretos busca evitar que el alza se demore, manteniendo, en todo caso, la retroactividad desde el 1 de enero.

También se recuerda que la actualización no cambia la estructura ni la cuantía de los salarios profesionales que ya fueran superiores al SMI. Sin embargo, los salarios fijados en contratos o pactos de naturaleza privada inferiores en su conjunto deberán modificarse para ajustarse al mínimo. Puedes entrar en nuestra sección de empleo para conocer más novedades en esta materia.

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