Llegar tarde al trabajo te puede costar 9 euros al día: el TSJ de Madrid avala retirar el plus de presencia

Fecha de publicación: 9 de febrero de 2026 a las 10:28
Síguenos
Trabajador llega tarde a la oficina y consulta la hora tras el fallo del TSJ de Madrid sobre el plus de presencia

La sentencia respalda a una empresa del metal y recuerda que el complemento de presencia se liga a cumplir la jornada.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha dado la razón a una empresa que dejó de abonar el complemento de presencia a quienes llegaban tarde o se iban antes. El conflicto, que afecta a 60 trabajadores, nace de un pacto interno sobre un plus de 9 euros por día trabajado.

Qué dice el acuerdo del metal sobre el complemento de presencia de 9 euros

El origen está en un sistema de incentivos ligado a la asistencia. En 2019 se pactaron pluses para quienes alcanzaran al menos el 75% de sus horas mensuales, con pago en la nómina de febrero del año siguiente. En 2024 se renovó el esquema y pasó a llamarse complemento de presencia.

Desde entonces, la regla general es: 9 euros diarios por cada día de trabajo efectivo a jornada completa (descansos y festivos, fuera). Si hay reducción de jornada, el cobro es proporcional. Y ojo, porque las bajas, las ausencias y los abandonos de jornada implican perder el complemento del día. A continuación mostramos las condiciones principales:

CondiciónEfecto en el plus
Día computableSolo trabajo efectivo
JornadaCompleta o proporcional
Baja / ausenciaNo se cobra ese día
Llegar tarde o salir antesPuede perderse el plus
ExcepciónMenos de 90 min justificados

La empresa interpretó que quien no completa la jornada, aunque sea por un retraso, no genera el derecho al complemento. ¿Y si el retraso es de diez minutos? Dependerá de si está justificado y de cómo quedó redactada la excepción.

Por qué el TSJ de Madrid entiende que llegar tarde es ausencia

Comisiones Obreras (CCOO) demandó a la compañía al considerar que estaba confundiendo presencia con puntualidad. El caso pasó por el Juzgado de lo Social nº7 de Madrid y terminó en el TSJ, que confirmó el criterio empresarial.

El tribunal aplica una interpretación literal del pacto y se apoya en la buena fe y la intención de las partes. En la práctica, concluye que la presencia incentivada exige cumplir la jornada íntegra, lo que incluye entrar a la hora y no marcharse antes. Por eso afirma que “la puntualidad forma parte de la presencialidad del trabajador en su puesto”.

Puedes conocer otras sentencias laborales accediendo a nuestra sección de empleo.

Logo página de autor redacción Madridinforma

Madridinforma

Madridinforma es un diario digital enfocado en la Comunidad de Madrid, ofreciendo una amplia gama de noticias locales, empleo, formación y trámites administrativos. Desde su fundación, el sitio ha crecido hasta convertirse en una fuente importante de información para los madrileños, con una cobertura exhaustiva de temas que van desde ofertas de empleo hasta cambios en la normativa de tráfico y beneficios sociales, así como noticias de actualidad que ocurren en la Comunidad de Madrid. En resumen, Madridinforma se ha consolidado como un recurso esencial para la comunidad madrileña, proporcionando noticias relevantes y servicios útiles que facilitan la vida cotidiana de sus lectores.

Deja un comentario