La Seguridad Social aclara cómo se suman las cotizaciones en el extranjero y quién abona la pensión de jubilación según exista o no convenio con España.
Cuando se acerca la jubilación, muchos se hacen la misma pregunta: ¿quién me paga la pensión si he cotizado en otro país? La Seguridad Social confirma que es posible acumular esos periodos, aunque no todos los casos se gestionan igual.
Qué ocurre con la pensión de jubilación si has trabajado en un país de la Unión Europea
Si tu empleo ha sido en un país miembro de la UE, las cotizaciones realizadas en el extranjero se suman automáticamente a las de España. La Administración de la Seguridad Social verifica los periodos cotizados en cada país y calcula la pensión proporcional correspondiente. Esto permite que el trabajador reciba la cuantía total en el país donde resida o en el que desarrolló su última actividad laboral. En resumen, estos son los tres supuestos según el país:
| Situación | Cómo se tramita el cálculo | Resultado general |
|---|---|---|
| Unión Europea | Suma automática y verificación de periodos | Pensión proporcional y cobro de la cuantía total en el país de residencia o de última actividad |
| Convenio bilateral | Coordinación entre instituciones y ajustes según reglas locales | Cálculo proporcional y comparación de pensiones resultantes |
| Sin convenio | Solicitudes independientes en cada país | Posibilidad de cobrar pensiones de los dos países, con trámites separados |
Lo primero es saber en qué grupo encaja tu caso.
Cómo se calcula la jubilación con convenio bilateral y la prestación prorrateada
Si el país donde trabajaste tiene convenio bilateral con España, el trámite requiere coordinación. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe ponerse en contacto con los organismos equivalentes del otro país para que se realicen los cálculos pertinentes.
Cada lugar analiza el periodo cotizado y ajusta la cuantía según el tiempo trabajado y las reglas locales. A este procedimiento se le denomina «prestación prorrateada». Si se cumplen los requisitos mínimos de cotización en ambos países, el sistema compara las pensiones resultantes y el jubilado percibe la de mayor importe. Como referencia, se citan estos grupos de países con prestación prorrateada:
- Espacio Económico Europeo: Islandia, Noruega, Liechtenstein.
- Países iberoamericanos: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Perú, República Dominicana, etc.
- Otros convenios bilaterales: Estados Unidos, Australia, Canadá, Filipinas, Japón, Marruecos, Cabo Verde, Corea del Sur, Túnez, Ucrania, Andorra.
El resultado final dependerá de los periodos y de los cálculos que aplique cada administración.
Qué ocurre si es un país sin convenio con España
Si no hay convenio, la situación se complica un poco más. Es posible recibir pensiones de los dos países, pero cada solicitud debe tramitarse de manera independiente, cumpliendo los requisitos y procedimientos de cada administración. Además, la Seguridad Social decide si el pago se realiza directamente en España o si debe enviarse a una cuenta bancaria del país donde se trabajó.
Por último, para tener derecho a la pensión contributiva en España se exige un mínimo de 15 años cotizados, y al menos dos dentro de los 15 años previos a la solicitud. Estos requisitos se mantienen incluso si se ha trabajado en otros países, por lo que los periodos en el extranjero complementan el cálculo, pero no sustituyen esos mínimos. Para conocer más noticias en materia de pensiones, accede a nuestra sección de prestaciones.








