Alerta por el bloqueo masivo de cuentas bancarias: sigue estas recomendaciones del Banco de España

Fecha de publicación: 24 de abril de 2025 a las 16:17
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Hombre joven serio, con gafas, telefoneando frente al portátil al enterarse del bloqueo de su cuenta bancaria por falta de documentación

El Banco de España respalda la posibilidad de que las entidades financieras cierren las cuentas bancarias de los clientes que no presenten ciertos documentos esenciales. Esta medida, orientada a combatir el blanqueo de capitales y el fraude fiscal, cobra especial importancia porque podría afectar tanto a usuarios particulares como a cotitulares que no atiendan los requerimientos. El cierre o bloqueo no es inmediato: la entidad debe avisar previamente y justificar su proceder.

Motivos principales por los que las entidades financieras podrían bloquear o cerrar tu cuenta bancaria

Son varias las razones que llevan a los bancos a tomar medidas drásticas. En primer lugar, está la falta de entrega de documentación para acreditar la identidad del titular y el origen de los fondos. Si alguien ignora los requerimientos, se expone a un posible bloqueo. Por otro lado, cuando surgen discrepancias entre cotitulares (por ejemplo, en procesos de divorcio o herencias), el banco puede suspender la operativa temporalmente.

¿Te interesa saber más? El Banco de España explica que, antes de bloquear o cerrar una cuenta, la entidad debe informar al cliente y darle margen para regularizar su situación. No obstante, cuando se ignoran estos avisos, puede producirse el cierre definitivo.

Pasos esenciales para regularizar tu situación y evitar el cierre de la cuenta bancaria

Para esquivar sorpresas desagradables, conviene cumplir cuanto antes con las solicitudes que los bancos realizan. Por lo general, las entidades exigen:

  • Documento de identidad actualizado (DNI, pasaporte o NIE).
  • Justificante de ingresos (nómina, pensión o declaración de IRPF).
  • Información relativa al origen de los fondos (contratos de trabajo, facturas o ahorros).

Al responder de forma rápida y veraz, se demuestra la legitimidad de los movimientos y se cumple con la normativa. A continuación, se muestra una tabla informativa que aclara los motivos de cierre y la reacción más habitual por parte del banco:

Situación detectadaPosible acción del bancoCómo resolver
Falta de documentación identificativaBloqueo preventivo de la cuentaEntregar los documentos requeridos
Ausencia de justificación del origen de fondosRestricción de movimientos bancariosPresentar contratos o justificantes adecuados
Instrucciones contradictorias entre cotitularesSuspensión temporal de la operativaAlcanzar un acuerdo o acudir a la vía judicial
Incumplimiento reiterado de los avisos de la entidad financieraCierre definitivo de la cuentaAtender los requerimientos con antelación

Este cuadro resume las causas más comunes de bloqueo y qué se puede hacer para salvar la cuenta. ¡Ojo con los plazos! Si recibes un aviso, lo mejor es atenderlo lo antes posible.

Cómo recuperar el acceso a tu cuenta bloqueada y qué hacer ante discrepancias familiares

Cuando el banco decide restringir el uso de la cuenta por falta de información, la solución pasa, casi siempre, por aportar la documentación pertinente. En el momento en que el cliente demuestre la procedencia legítima de sus fondos o acredite su identidad, el acceso suele reactivarse.

Sin embargo, los conflictos entre cotitulares son más complejos. Si varios titulares dan órdenes enfrentadas o un heredero impide la operativa, la entidad puede optar por bloquear la cuenta hasta que exista un acuerdo notarial o judicial. De ahí que sea recomendable negociar de forma amistosa para no perder la operatividad bancaria.

En última instancia, las entidades financieras están facultadas para bloquear o cerrar cuentas cuando exista un incumplimiento de la normativa. La mejor forma de evitar sorpresas es mantener la documentación en regla y, en caso de discrepancias, intentar resolverlas cuanto antes. Quienes se encuentren con dificultades pueden consultar la información oficial del Banco de España o contactar directamente con su entidad para aclarar dudas.

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