Esta ayuda que ofrece la Comunidad de Madrid consiste en un conjunto de prestaciones económicas de carácter transitorio, de pago único o periódico, destinadas a prevenir y paliar situaciones de carencia económica y facilitar la adaptación de viviendas, y su accesibilidad motivada por varios motivos. Esos motivos en general vendrían a ser carencia de medios económicos, necesidad de apoyos técnicos, carencia de medios personales y situaciones de emergencia o urgencia social. Su finalidad social es la de solventar los efectos de situaciones complejas, proporcionando acceso a recursos que favorezcan el restablecimiento de la normalidad dañada o perdida.
¿Cómo se solicita esta ayuda de la Comunidad de Madrid?
Para ello tendrás que rellenar una solicitud de usuario o de oficio en el marco de una intervención abierta, se realiza una valoración social por parte de los servicios sociales. El acceso a estas ayudas requiere su prescripción profesional, como resultado de dicha valoración. Las entidades gestionarán estas ayudas en el marco de la normativa municipal de prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales, en la que se recogen los requisitos de acceso, tipología de ayudas, gastos elegibles, cuantías, etc. La tramitación tendrá en cuenta la regulación específica en materia de subvenciones. Además, estas ayudas pueden vincularse a procesos de acompañamiento a la familia a través de las actuaciones identificadas en el Plan de Intervención Social, destinadas a facilitar el proceso de inserción social. En cuanto a las modalidades de las ayudas encontraríamos las siguientes, te las indicamos en el siguiente cuadrante:
AYUDA | MATERIAL A CONCEDER |
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Ayudas para la cobertura de necesidades básicas: | En ellas se incluyen el siguiente material a conceder de: Alimentación, higiene, medicinas, prótesis, vestidos, alojamiento, vivienda y gastos corrientes derivados de suministros básicos. |
Ayudas complementarias: | En ellas se incluyen las siguientes ayudas a conceder: Libros, material escolar, transporte escolar, formación no reglada, acceso a procesos formativos, actividades ocupacionales, ayudas económicas destinados a tratamientos especializados, gastos farmacéuticos, prótesis, obras de adaptación de la vivienda, eliminación de barreras arquitectónicas, y otras ayudas de carácter excepcional no tipificadas anteriormente. |
El perfil de la persona beneficiaria es de aquella persona que se encuentre en situación de vulnerabilidad social, emergencia, urgencia social o económica. Para acceder a esta ayuda se requiere no disponer de recursos económicos suficientes para afrontar gastos por sus propios medios. Tendrán prioridad aquellos que se encuentren en una situación de urgencia o emergencia económica.
Cuantía, periodicidad y causas de suspensión o extinción de la ayuda
En relación con las cuantías de esta ayuda, esta vendrá determinada por el centro de servicios sociales a propuesta por profesional de referencia, en función de lo establecido en la ordenanza municipal para la gestión de estas ayudas. En cuanto a la periodicidad, esta será de carácter puntual o periódica y las causas de suspensión de la ayuda vienen determinadas en las normas reguladoras de la entidad local en cuestión.
Ahora que ya sabes cómo realizar la solicitud para la ayuda de apoyo a la cobertura de necesidades básicas de la Comunidad de Madrid, te sugerimos que accedas a otras noticias del estilo en la sección de prestaciones de nuestro periódico digital especializado.