Son muchas las familias que invierten gran parte de sus ingresos en los hijos, sobre todo cuando se tratan de más de 3 descendientes, lo que hace que sean considerados como personas vulnerables. Por ello, desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se ha lanzado una ayuda de 1.000 euros, la cual se realiza a tanto alzado y en un pago único para poder compensar los gastos que provoca el criar a los hijos. ¿Quién tiene derecho a esta ayuda de la Seguridad Social? En esta noticia, vamos a indicar los requisitos para saber si puedes ser uno de los padres beneficiarios de esta compensación económica.
Qué requisitos son necesarios para poder conseguir esta ayuda de la Seguridad Social
Esta ayuda, de hasta 1.000 euros, se trata de una prestación económica que puede compatibilizarse con otras, tales como la destinada al parto o adopción múltiple, subsidio especial por maternidad, pensiones de orfandad y en favor de nietos y hermanos, asignaciones por hijo a cargo y otras ayudas de administraciones locales y autonómicas. La finalidad principal de estos 1.000 euros es reducir la vulnerabilidad que en muchas de las casas en España.
Lo primero de todo, es saber que esta ayuda de la Seguridad Social va dirigida a padres con hijos menores de 17 años (nacidos o adoptados a partir del 16/11/2017). Cumpliendo el anterior requisito, saber que solo serán causantes de tal derecho, en familias numerosas, monoparentales o en caso de madres en situación de discapacidad en grado igual o superior al 65%. Es necesario que el nacimiento o adopción, se haya producido en territorio español o que la adopción se haya ejercido o reconocido por autoridad española.
El Código Civil, dentro del artículo 3, indica lo que se entiende por nacidos: “La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno”. En cuanto a la consideración de familia numerosa, es establecerá lo fijado en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, y por familia monoparental, la formada por un solo progenitor que es el único sustentador.
Incompatibilidades y límites máximos de ingresos fijados
Es muy importante saber que aunque esta ayuda sea compatible con otras, no es posible que ambos progenitores tengan derecho, es decir, solo puede recibirlo una de ellas. Tampoco se podrá obtener cuando se perciban prestaciones similares de protección social tales como MUFACE, ISFAS, MUGEJU, etc. Respecto a la falta de acuerdo cuando existen convivencia entre padre y madre, será beneficiaria la madre. En caso de no vivir juntos, será quien tenga a cargo la guarda y custodia.
Cuando se traten de niños huérfanos, podrán solicitar esta ayuda de la Seguridad Social, quien legalmente se haga cargo de los mismos. Este pago único de 1.000 euros se realizará cuando no se superen los límites de ingresos fijados. Ahora bien, en caso de que pasen, pero son inferiores a la cuantía que resulte de sumar a dicho límite el importe de la prestación, el pago a abonar será igual a la diferencia entre los ingresos recibidos y el indicado importe conjunto. A continuación mostramos los ingresos máximos fijados por la Seguridad Social por familia:
- 1 hijo a cargo: si tienen ingresos inferiores a 15.001,00 euros.
- 2 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 17.102,65 euros.
- 3 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 19.204,30 euros.
- 4 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 21.305,95 euros.
- 5 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 23.407,60 euros.
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