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Inicio » Actualidad » Ley de Vivienda informa: los derechos de un okupa una vez que invade una casa

Ley de Vivienda informa: los derechos de un okupa una vez que invade una casa

Por Madridinforma
24 de julio de 2024 a las 15:45
en Actualidad
Tiempo de lectura: 3 minutos
Derechos okupas

Ley de la Vivienda: Qué derechos tiene un okupa una vez que entra a una casa.

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Con la llegada del verano, dejamos las viviendas solas (casas, pisos, campos…) para irnos de vacaciones, uno de los momentos donde los okupas aprovechan para meterse en nuestra propiedad. Lo cierto que en España, las okupaciones siguen descendiendo desde hace 4 años, con unas 15.000 infracciones penales cometidas el año pasado, en lo que se refiere a delitos de usurpación o allanamiento. No obstante, incluso con esta caída empicada de la entrada de los okupas a los inmuebles, sigue siendo un tema que preocupa casi al 54% de los ciudadanos del país, según la OCU.

La Ley da derechos a los okupas y crea barreras que ralentiza el proceso de desalojo

Ahora bien, cuando un okupa entra en una vivienda, existen barreras para su desalojo, y así se mantiene con la Ley de Vivienda aprobada el 26 de mayo de 2023. Con esta normativa, se ralentiza el proceso y le dan derechos a los okupas. La forma de hacer las entradas a los inmuebles puede ser bien por delito de allanamiento o por usurpación, siendo la primera opción la más castigada, con una pena mayor. Los agentes de la autoridad, es decir, la policía, tienen 48 horas para desalojar a las personas que han okupado la casa, y si los pillan serán detenidos por allanamiento de morada.

La cosa es que lo normal, cuando alguien entra en una vivienda a ocupar la misma, es que lo haga en una casa o piso, que no es la habitual del propietario. Por tanto, estaría cometiendo un delito de usurpación. Esto supone un proceso más largo cuando de recuperar la vivienda se trata. En estos casos, cuando los okupas cambian la cerradura y permanecen más de 48 horas, se considera un derecho esencial (el domicilio o morada es inviolable, según la Constitución Española) y es como si fuera su casa, hasta que se demuestre lo contrario, por parte de la Justicia. En esta situación habrá que tener paciencia y esperar que la justicia actúe, puesto que, podríamos cometer un delito, como cortar los suministros.

Se pide recortar el plazo para realizar el desalojo de los okupas que es de casi 2 años

Desde la Confederación de Cámaras de la Propiedad Urbana y Asociaciones de Propietarios de Fincas, se ha solicitado al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana reducir el plazo de desahucio por impago de alquiler. El motivo es que los pequeños propietarios (menos de 5 viviendas) tienes que seguir pagando los costes de los suministros, cuando los inquilinos no pueden hacer frente, por ser considerados como vulnerables. Las soluciones que se han pedido son compensatorias y de agilización de trámites, y que se tomen más en serio el tema de la okupación de las viviendas. Y es que es para preocuparse, cuando actualmente, el plazo para desalojar a los okupas es de casi dos años (20,5 meses, según datos del CGPJ).

Para conocer más artículos sobre temas de actualidad, puedes dirigirte al apartado correspondiente que puedes visitar desde nuestra web de la Comunidad de Madrid.

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