Si eres de la Comunidad de Madrid, y tienes vehículo, seguramente has circulado por las principales arterias de la ciudad, como son la M-30 y la M-40. Ahora hay que tener mucho cuidado, si no quieres llevarte una sorpresa que no será muy grata para tu bolsillo, que supone una multa de 200 euros por parte del consistorio de Madrid. Y es que antes, desde el propio Ayuntamiento, se advertía a los conductores, sobre esta situación para que las personas tuvieran conciencia de ello. Ahora desde hace unos días, se han dejado de hacer dichos avisos, y las multas comenzarán a llegar a aquellos que no cumplan con los requisitos que se piden para circular por estas vías.
Los avisos de prohibido circular se han terminado y ahora habrá que pagar la multa
Ya en los meses anteriores, previos al 31 de junio, empezaron los avisos, a través de correos postales, a los conductores de Madrid, que no hacían caso a esta disposición del Gobierno regional. Desde que comenzó dicha medida, se dio un periodo de gracia de 6 meses, para que todo el mundo conociera sobre esta situación y así escoger otras rutas alternativas.
De hecho, durante este tiempo, el Ayuntamiento de Madrid se centraron en dejar claro la prohibición de circular a los vehículos sin la etiqueta de la DGT por la M-30 y M-40, y también la imposición de multas a partir del 1 de julio. Por tanto, ahora sí que tendrás que pagar una sanción de 200 euros, si circulas sin distintivo ambiental por estas carreteras. Lo cierto es que muchos conductores, se pensaron que iba a aflojar esta medida, pero ahora comienzan a llegarles a casa unas cartas, pocas agradecidas.
Por qué se incluye la M-30 y M-40 en las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) de Madrid
Ahora, desde el 1 de julio, estas medidas son estrictas y no se pueden quebrantar, por lo que toda persona que circule por las zonas delimitadas como ZBE, se interpondrá una sanción de 200 euros. Cómo cualquier otra multa de tráfico, es posible aprovechar el 50% de descuento en el caso de que nos multen. De esta manera, solo tendremos que pagar 100 euros, siempre y cuando lo hagamos antes de 20 días desde que recibimos la notificación. No obstante, no se quitarán puntos del carnet de conducir por ello.
Con esta medida de restricciones que incluye la M-30 y M-40, es porque todo Madrid, es una Zona de Baja Emisiones (ZBE). Así se ha definido con las ampliaciones de las que, en 2022, fueron delimitadas. En este aspecto, todos los vehículos gasolina, matriculados antes del año 2000 y los diésel de antes de 2006, están expulsados de estas vías.
Existe alguna excepción de circular por estas zonas
Desde la DGT, se prohíbe circular a vehículos de categorías 00 (sin especificar), 02 (uso familiar) y 33 (todoterreno). Como excepción, sí que podrán circular por estas vías de Madrid la M-30 y M-40, sin que consigan una multa, los siguientes vehículos:
- Sin etiqueta medioambiental, pero empadronados en la ciudad de Madrid que paguen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
- Sin etiqueta que no sean turismos, por ejemplo, vehículos de transporte de mercancías.
- Usados para el traslado de personas con movilidad reducida.
- Vehículos históricos.
De esta manera, y con estas excepciones, se garantiza la actividad de la red vial. Además, están libres de restricciones la M-45, la M-50 y las autovías radiales. Recuerda que puedes seguir estando informado sobre más noticias de actualidad, visitando nuestra sección habilitada de nuestro periódico digital de la Comunidad de Madrid.