La Seguridad Social tiene disponible una nueva ayuda de 115 euros, un añadido al IMV que lanzó en 2022 y que estará vigente durante este año 2023. La misma, conocida como “complemento de ayuda a la infancia” y popularmente como la “ayuda de 100 euros al mes por menor” ha subido en 15 euros en este año. Por tanto, es una prestación dirigida a los padres y madres para poder darle una mejor calidad de vida a los hijos/as y luchar contra la pobreza infantil. La cuantía de la misma va a depender del número de menores a cargo dentro de una unidad de convivencia y van a poder recibirlas todas aquellas personas que cumplan con una serie de requisitos que explicamos en esta noticia.
Quién puede solicitar esta ayuda de 115 euros y cuánto se cobra exactamente
Dado que esta ayuda de la Seguridad Social se trata de un complemento, la pueden recibir aquellas personas que ya perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y con menores a cargo. No obstante, es posible recibir esta ayuda otras personas sin que necesariamente estén cobrando el IMV. Por tanto, puede solicitarla:
- Personas que cobren el Ingreso Mínimo Vital.
- Personas que perciban la antigua prestación por hijos a cargo.
- Las familias con menores a cargo y rentas bajas, aunque no perciban el IMV ni la ayuda de los hijos. Ahora sí, el máximo de ingresos es del 300% de la renta garantizada por el IMV (ingresos por debajo de 3 veces las ayudas mínimas del Ingreso Mínimo Vital y no se puede superar el 150% del tope del mismo, correspondiente al tipo de hogar).
En cuanto a la cantidad mensual que se puede cobrar por este complemento a la infancia, esta ayuda se estructura de la siguiente manera: 115 euros por cada menor de 3 años, 80,50 euros por aquellos menores entre los 3 y los 6 años y 57,50 euros, entre los 6 y los 18 años. Así, por ejemplo, si en una familia hay un niño de 2 años y otro de 15 años, se va a percibir 172,50€ al mes.
Cuáles son los límites de rentas para poder pedir este complemento a la infancia o ayuda de 115 euros al mes de la Seguridad Social
Según se establece en las tablas del Ingreso Mínimo Vital (IMV) podemos observar quiénes pueden pedir esta ayuda de 115 euros de la Seguridad Social:
- Familias con 2 adultos y un menor con ingresos de hasta 27.000€.
- Familias monoparentales con 1 hijo e ingresos hasta 27.000€.
- En familias monoparentales con 2 hijos e ingresos con una renta 30.800€.
- Familias con 2 adultos y 2 niños con una renta de hasta 32.100€.
Cómo se puede pedir esta ayuda mensual
Existen dos maneras posibles de poder solicitar esta ayuda de 115 euros al mes. La primera de ellas, es que la Seguridad Social reconoce de oficio y automáticamente este complemento. En este sentido, no hace falta que se pida o que se realice cualquier trámite. Por tanto, se procederá de esta manera en los siguientes casos:
- Actuales beneficiarios del IMV.
- Solicitantes de IMV con el expediente en trámite.
- Beneficiarios de Protección Familiar que formen una unidad de convivencia solo por miembros que figuren en el expediente y que cumplan con el perfil.
Por otro lado, se puede solicitar esta ayuda de 115 euros cuando no se reconoce automáticamente por la Seguridad Social. En este caso, cuando existen menores de 18 años a cargo, requisitos de rentas y no se percibe el IMV ni prestaciones por hijos o solicitudes en tramitación, se puede pedir el complemento a la infancia desde el sistema de solicitud del INSS. Es importante, antes de continuar con esta solicitud, asegurarse si se tiene o no derecho, a través del simulador del IMV.
Por tanto, es vital entender que esta ayuda de 115 euros de la Seguridad Social no se pide en la Agencia Tributaria, ya que existen informaciones erróneas para solicitarlo con el modelo 140 de la AEAT, cuando quien gestiona dicho trámite es el INSS.
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