Cuando hablamos de familia numerosa, nos referimos a cuando en el núcleo familiar existen 3 o más hijos comunes o exclusivos. En España, existen más de 700.000 familias numerosas, con unas 124.000 en Madrid y donde en muchas de ellas es complicado llegar a fin de mes. Por ello, la Agencia Tributaria, con esta ayuda familiar de hasta 2.400 euros anuales pretende echar una mano y dar un apoyo financiero extra, especialmente en las familias de categoría especial. Si estás incluido en en estos colectivos puedes solicitar esta ayuda para poder conseguir una mejor calidad de vida. Toda la información la puedes encontrar en esta noticia.
Estos son algunos de los detalles de esta ayuda de la Agencia Tributaria
El organismo encargado de gestionar este cheque familiar es la Agencia Tributaria. Dicha entidad indica que la cantidad máxima para familias numerosas (tres hijos o dos, si uno de ellos tiene discapacidad reconocida) es de 1.200 euros. Ahora bien, en el caso de familias numerosas de categoría especial (cinco o más hijos) se incrementa en un 100% dicha ayuda, llegando a los 2.400 euros anuales.
La ayuda familiar de la Agencia Tributaria que se hará a través de una deducción del IRPF, se podrá compartir entre los familiares de la propia unidad de convivencia. De esta manera, la cantidad total se repartirá equitativamente entre los contribuyentes. Además, por cada hijo/a adicional de la familia numerosa, se incrementará hasta 600 euros al año.
Cuáles son los requisitos necesarios para pedir la ayuda familiar de hasta 2.400 euros
Esta ayuda familiar de hasta 2.400 euros cuenta con una serie de requisitos que la propia Agencia Tributaria indica. En este sentido, para poder solicitar este cheque es necesario pertenecer a alguna de estas categorías o situaciones laborales y cumplir con las condiciones establecidas:
- Trabajadores/as por cuenta ajena o propia con contrato a jornada completa: estar dado de alta en la Seguridad Social o mutualidades, en un periodo mínimo de 15 días al mes. Este contexto, se aplica al Régimen General, Especial de la Minería del Carbón y Trabajadores del Mar.
- Trabajadores/as por cuenta ajena con un contrato parcial y una jornada de al menos el 50%: en este caso, debes estar dado de alta durante todo el mes en los mismos regímenes anteriores.
- Trabajadores/as por cuenta ajena en el Régimen Especial Agrario: contar con al menos 10 jornadas reales dado de alta en dicho periodo.
- El resto de Regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualidades se debe estar dado de alta un mínimo de 15 días en dicho mes.
Pueden pedir esta ayuda de hasta 2.400 euros personas desempleadas, con pensión o paro. Además, también pueden solicitarla los trabajadores por cuenta propia o ajena dados de alta en la Seguridad Social que cuenten con las condiciones antes mencionadas.
Cómo se puede solicitar esta ayuda de hasta 2.400 euros
Según la forma en la que se prefiera percibir este cheque familiar, se puede percibir con 12 pagas mensuales o a través de la deducción de la declaración de la Renta. Si se prefiere esta última, el trámite se debe realizar juntos en el momento de presentar dicho documento, marcando en la casilla de este cheque familiar. Si por el contrario, se elige el cobro de los 100 euros mensuales, se puede solicitar de tres maneras:
- Online, con el modelo 143 de Hacienda.
- Telefónicamente, a través del Centro de Atención Telefónica.
- Presencialmente en una oficina de la propia Agencia Tributaria.
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