La Renta Mínima de Inserción (RMI) es una ayuda (prestación) económica destinada a garantizar un nivel de vida digno a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica en la Comunidad de Madrid. Este aporte, regulado por la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, tiene como objetivo principal satisfacer las necesidades básicas de las personas que no tienen recursos suficientes para cubrirlas. Esta prestación la han recibido un total de 667.412 personas, según los últimos datos publicados por el ministerio de Derechos Sociales.
¿Qué es la Renta Mínima de Inserción?
La RMI es una prestación económica que se otorga a las personas o unidades familiares que residen de forma permanente en la Comunidad de Madrid y que cumplen con los requisitos establecidos en la ley. Esta ayuda tiene carácter subsidiario, es decir, solo se concede cuando el solicitante no dispone de otros recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Los requisitos para acceder al RMI son los siguientes:
Requisitos para poder acceder a la RMI
- Residir de manera permanente en la Comunidad de Madrid y estar empadronado en alguno de sus municipios, teniendo una residencia efectiva y continuada.
- Ser mayor de 25 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud. Pueden solicitarla también las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Ser menor de 25 o mayor de 65 y tener menores o personas con discapacidad (en grado igual o superior a 45%) a su cargo.
- Tener entre 18 y 25 años y concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Haber estado tutelado por la Comunidad de Madrid hasta alcanzar la mayoría de edad.
- Orfandad absoluta.
- Grave exclusión social.
- Ser víctima de violencia en el ámbito familiar o de violencia de género.
- Participar en un programa de inclusión expresamente reconocido por la Consejería de Políticas Sociales y Familia.
- Ser mayor de 65 años, carecer de ingresos o tener ingresos inferiores al importe de prestación mensual básica de Renta Mínima, siempre que:
- Se trate de una persona que viva sola o sea miembro de una unidad de convivencia en la que nadie pueda ser titular de la prestación.
- Haya recaído resolución expresa de denegación de pensión de jubilación no contributiva por no reunir los períodos de residencia legal previa en territorio español.
- Constituir una unidad de convivencia con una antelación mínima de 6 meses.
- Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida.
- Haber solicitado a los organismos correspondientes, las pensiones y prestaciones a que la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar pudieran tener derecho.
- Tener escolarizados a los menores que formen parte de la unidad de convivencia en edad de escolarización obligatoria.
La cuantía de la RMI varía en función del número de miembros de la unidad familiar y de los recursos económicos de la misma. Una persona que viva sola, sin otros ingresos, percibiría 469,93 euros al mes, dos personas 587,41 euros y tres personas 662,52 euros, hasta 1.134 euros, que es la cantidad máxima a percibir.
¿Cómo solicitar la ayuda de 1.134 euros de la Comunidad de Madrid?
Existen varias vías para poder acceder a esta ayuda. En primer lugar, se realizará preferentemente en el centro municipal de servicios sociales que corresponda al domicilio del solicitante. Podemos presentar la solicitud en el registro de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (c/ O’Donnell, 50), o en cualquier otro registro público. Y por último, y la más habitual, telemáticamente.
Esta ayuda de Madrid lleva tiempo aliviando la carga económica de las familias que en peor situación se encuentran. Para conocer más noticias de este tipo, solo tienes que acceder a nuestra sección de prestaciones. Nuestro equipo de redacción se encarga de publicar las novedades más importantes de nuestra comunidad.