En estos tiempos donde la conexión a internet es esencial para el día a día, la Comunidad de Madrid (financiado con los fondos de la Unión Europea NextGenerationEU, claro está) ha puesto en marcha una iniciativa para garantizar que todos sus ciudadanos, especialmente los más vulnerables, tengan acceso a una conexión de calidad. Se trata de los bonos digitales, una ayuda económica destinada a reducir el coste de la conexión a internet de banda ancha. La ayuda permitirá a las familias beneficiarias disponer de 240 euros repartidos en 12 meses para reducir el importe de su factura (con el IVA no incluido) de servicios de conexión de banda ancha.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el bono digital?
Es importante señalar que los bonos también se podrán usar para mejorar las suscripciones actuales a servicios de banda ancha que brindan velocidades de descarga de menos de 30 Mbps en condiciones de hora punta. Se entenderá como mejora el incremento de velocidad en el mismo operador que se tiene contratado ya el servicio y siempre y cuando la velocidad que se pretende mejorar sea inferior a 30 Mbps.
Esta ayuda está dirigida a personas físicas residentes en la Comunidad de Madrid que se encuentren en una situación económica vulnerable, como aquellas que perciben la Renta Mínima de Inserción, la pensión no contributiva o el Ingreso Mínimo Vital. Para poder solicitar el bono digital, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Es fundamental tener tu domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
- Debes acreditar que percibes alguna de las prestaciones mencionadas anteriormente.
- No disponer de una conexión a internet de banda ancha en tu domicilio. Este requisito es imprescindible para poder beneficiarte de la ayuda.
En cuanto a los documentos que es necesario aportar, se especifican dos: el documento de autorización de representación en el caso de que se actúe a través de un representante y la factura de la conexión contratada actualmente si se solicita mantenimiento de conexión. Además, la Comunidad de Madrid consultará el volante de empadronamiento, la Renta Mínima de Inserción (RMI), la prestación del INSS y el NIF o DNI, salvo que el solicitante se oponga a ello, en cuyo caso deberá aportar esta documentación él mismo.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda?
El procedimiento se puede realizar a través de dos vías: de forma presencial, en cuyo caso será necesario verificar que es necesario solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano, o de forma electrónica. En este último caso, la Comunidad de Madrid exige que los interesados cuenten con alguno de los siguientes sistemas de firma electrónica. Usa el sistema Cl@ve o el certificado electrónico (DNIe). Este procedimiento puede realizarse a través de la Sede Electrónica. Ttambién es posible encontrar una Guía para tramitaciones electrónicas. Se podrán presentar las solicitudes para acogerse a la subvención del 28 de septiembre al 15 de noviembre de 2024, ambos incluidos.
Para más información sobre otras ayudas tanto en esta región como a nivel nacional, puedes dirigirte a la sección de prestaciones de nuestro periódico digital. Encontrarás interesantes artículos que a diario publicamos.