Una trabajadora madrileña fue despedida sin indemnización tras ser descubierta realizando actividades incompatibles con su baja médica por una patología hepática. A pesar de las recomendaciones médicas de reposo relativo y dieta específica, la empleada fue observada realizando comprar prolongadas y participando en una “ruta de la caña”, que incluyó un recorrido de 7 kilómetros y consumo de alcohol. La empresa contrató a un detective privado que documentó estas acciones.
La compañía justificó el despido de la trabajadora por las actividades incompatibles con la baja médica que tenía en ese momento. Pese a todo, la trabajadora acudió al Juzgado de lo Social n.º 3 de Móstoles que, en su sentencia 290/2024, desestimaba la demanda de la trabajadora, y confirmaba el despido procedente.
¿Qué hizo exactamente la trabajadora para que fuese despedida estando de baja médica?
Durante el periodo de incapacidad temporal, la trabajadora fue observada realizando diversas actividades que contravenían las recomendaciones médicas para su dolencia hepática. Estas incluían desplazamientos prolongados, compras extensas y participación en eventos sociales con consumo de alcohol. La empresa, al tener conocimiento de estas acciones, decidió contratar a un detective privado para documentar las actividades de la empleada.
El informe presentado por el detective detalló un recorrido de 7 km y consumo de bebidas alcohólicas durante una «ruta de la caña». Estas acciones fueron consideradas por la empresa como una violación de las condiciones de la baja médica y una transgresión de la buena fe contractual. A pesar de ser un derecho que aparece en el Estatuto de los Trabajadores, muchas personas lo aprovechan para no rendir cuentas en el trabajo.
Sentencia judicial y consecuencias laborales
La trabajadora impugnó el despido ante el Juzgado de lo Social n.º 3 de Móstoles. Sin embargo, la sentencia 290/2024 desestimó su demanda y confirmó la procedencia del despido sin indemnización. El tribunal argumentó que las actividades realizadas por la empleada eran incompatibles con su proceso de recuperación y representaban una falta grave que justificaba la extinción del contrato laboral. La sentencia destaca la importancia de que los trabajadores en baja médica sigan las indicaciones médicas y eviten conductas que puedan poner en duda su incapacidad laboral. Además, resalta el papel de la vigilancia privada en la recopilación de pruebas en casos de despido disciplinario.
Este caso establece un precedente sobre la compatibilidad de ciertas actividades con el estado de salud alegado durante una baja médica. La pillería le salió cara. Si quieres conocer otras sentencias en materia laboral, no dudes en entrar en nuestra sección de trámites.